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Extensión de la Evidencia de Estatus Para los Residentes Condicionales y Respuestas a las Preguntas Frecuentes sobre la Eliminación de las Condiciones de una Green Card Condicional de Dos Años Basada en Matrimonio

February 14th, 2024

Tabla de Contenidos

    Como puede ya haber escuchado, el USCIS anunció que a partir del 4 de septiembre de 2021, extenderá el tiempo de 18 a 24 meses, en el cual las notificaciones de recibo de las solicitudes I-751 e I-829 se pueden usar para mostrar evidencia de estatus legal , cuando se presenten juntos con una Tarjeta de Residente Permanente o “Green Card”, para aquellos peticionarios que solicitaron apropiadamente la Eliminación de Condiciones de Residencia (formulario I-751 para peticiones familiares, o el Formulario I-829, para inversionistas).

    Este cambio se está realizando para adaptarse a los largos tiempos de procesamiento del Formulario I-751 y el Formulario I-829, que han aumentado durante el año pasado.

    ¿Quién necesita eliminar las condiciones de su tarjeta verde?

    Cualquiera que haya recibido una residencia de Estados Unidos permanente condicional, cuay validez es por solo 2 años. Este es normalmente el caso de un cónyuge o hijastro de un ciudadano estadounidense que recibió la residencia antes de que el matrimonio que es la base de la petición haya existido por dos años, en el momento en que se le aprueba el estatus de residente; y para la residencia en EE. UU. basada en inversión (Categoría de residencia EB-5).

    A continuación se encuentran respuestas a algunas de las preguntas más frecuentes acerca de la residencia condicional basada en matrimonio y la solicitud de remoción de condiciones, I-751.

    1. ¿Es siempre un hijastro un residente condicional?

    No, también pueden ser residentes permanentes legales sin condiciones. Los hijastros solo son residentes condicionales si existen dos circunstancias:

    1. El matrimonio entre el padre y el padrastro ha existido por menos de dos años en el momento en que se le otorga el estatus de residente al hijastro; y
    2. Al padre natural se le otorga el estatus de residente permanente legal, independientemente de si es condicional o no.

    Por ejemplo, un padrastro solicita la residencia de un hijastro que está fuera de los Estados Unidos y el padrastro ha estado casado con el padre del hijastro durante un año. La petición de residencia es aprobada y enviada al consulado para que el hijastro pueda obtener su tarjeta de residencia. El proceso en el consulado toma 12 meses antes de que finalmente se apruebe la residencia del hijastro. El hijastro ingresa a los EE. UU. como residente permanente y no como residente condicional.

    2. ¿Qué documentación se necesita para presentar una solicitud I-751 para remover las condiciones de residencia americana por matrimonio?

    La petición I-751 para la remoción de condiciones de residencia requiere que el solicitante presente evidencia que demuestre que la relación matrimonial en la que se basó la residencia se inició de buena fe y no solo para los beneficios de inmigración. Buena evidencia demuestra que la pareja:

    1. Ha residido en la misma dirección (i.e. copia del contrato de arrendamiento con ambos nombres, licencias o identificaciones estatales, registros médicos, laborales y escolares, etc.)
    2. Tiene activos y pasivos financieros compartidos (es decir, facturas a ambos nombres, cuenta bancaria conjunta en la que cada persona deposita su cheque de pago, impuestos conjuntos, pólizas de seguro conjuntas, etc.)

    Las personas deben tener cuidado al completar cualquier formulario público o gubernamental (en escuelas, hospitales, bancos, empleadores, etc.) para asegurarse de que todos los registros reflejen el estado civil y la dirección residencial correctos.

    3. ¿Se pueden eliminar las condiciones de residencia si está divorciado o ya no está con su cónyuge?

    En determinadas circunstancias, una persona puede presentar individualmente (sin su cónyuge) la solicitud I-751 para la eliminación de las condiciones de residencia. Esto se puede hacer en cualquier momento después de que se les otorgó el estatus de residente condicional y antes de que sean removidos de los Estados Unidos, si el matrimonio en el que se basó la residencia se contrajo de buena fe y:

    • Su cónyuge o padrastro murió
    • Sus padres y padrastros terminaron su matrimonio mediante divorcio, anulación o separación legal.
    • El niño o sus padres fueron maltratados o sometidos a extrema crueldad por el esposo o padrastro/madrastra solicitantes.
    • La terminación de su estatus y la expulsión de los Estados Unidos resultaría en dificultades extremas.

    En todas estas circunstancias, sigue siendo fundamental proporcionar toda la documentación que demuestre que el matrimonio, que fue la base de la aprobación de la residencia condicional, se realizó de buena fe y esto es clave para el éxito de la petición.

    4. ¿Qué tan pronto pueden los residentes condicionales solicitar la ciudadanía estadounidense?

    Los cónyuges de ciudadanos estadounidenses pueden solicitar la ciudadanía 90 días antes de cumplir 3 años de haber tenido el estatus de residente estadounidense, incluso si este fue condicional durante 2 años, si ellos han permanecido casados durante estos 3 años.

    Por otro lado, los hijastros residentes condicionales (y los residentes condicionales inversores) deben esperar hasta 90 días antes del quinto aniversario de su Green Card (con o sin condiciones) para solicitar su ciudadanía, a no ser de que hayan estado casados con un ciudadano Ameriano por 3 años.

    5. ¿Pueden los residentes condicionales solicitar la ciudadanía mientras su solicitud I-751 para eliminar las condiciones de residencia está pendiente?

    Sí, los residentes condicionales pueden presentar su solicitud 90 días antes del tercer aniversario de su Green Card, incluso si la solicitud para la remoción de condiciones I-751 está aún pendiente.

    6. Si califica, ¿hay algún beneficio en solicitar la ciudadanía mientras que su solicitud de remoción de condiciones, I-751 todavía está pendiente?

    Sí, puede haber un beneficio al solicitar la ciudadanía si se encuentra dentro de los 90 días anteriores al tercer aniversario de su residencia, ya que generalmente el gobierno prefiere tomar decisiones sobre las solicitudes de remoción de condiciones antes de tomar una decisión sobre una solicitud de ciudadanía. Por lo tanto, esto a veces acelerará la decisión final sobre su solicitud de remoción de condiciones.

    Adicionalmente es beneficioso solicitar su ciudadanía apenas es elegible para hacerlo ya que así podrá disfrutar de los beneficios de la ciudadanía lo antes posible, incluyendo los derechos de votar, viajar y permanecer fuera de los Estados Unidos Por más de 180 días, conferir estatus de ciudadanía inmediata a ciertos miembros de la familia (como los hijos menores) y el derecho a solicitar la residencia en los Estados Unidos para sus hijos, padres y hermanos con períodos de espera más cortos que si usted fuera un residente permanente de los EE. UU.

    Comuníquese con un abogado de inmigración con experiencia en peticiones I-751

    Si desea representación legal de uno de nuestros abogados de inmigración en Boston con experiencia en eliminar las condiciones de su residencia (“Green Card”), ya sea a través de una petición I-751 conjunta o individual, llame para una cita al +1 (617) 303-2601, o complete nuestro formulario de solicitud de cita en línea.

    Nuestra oficina también puede ayudarlo con cualquier otro asunto de inmigración, defensa criminal o lesiones personales. Comparta esta información con cualquier persona que crea que puede beneficiarse de ella.

    Testimonios

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    el realmente sabe lo que te está hablando.

    Cuando buscas la ayuda de un profesional es para que realmente te brinde sus conocimientos y habilidades, agradezco toda lo que mi abogado brindó y aportó a mi caso y destacó mucho su sinceridad es una persona que te habla con honestidad sabe muy bien hasta dónde y cómo puede manejar, llevar y desarrollar las acciones en el caso y lo reitero valoro muchísimo su sinceridad el no te dice lo que quieres escuchar ni te pinta pajaritos en el aire; el realmente sabe lo que te está hablando. Fue muy bueno trabajar con él y sin dudarlo continuaré trabajando con él.

    Brigitte Yesenia Fernandez Rivera

    muy responsables

    Siempre comprometidos con los acuerdos y muy responsables con lo pactado, muy buen servicio!!!

    Duvan Antonio Galindo Moreno

    son muy serios y dedicados a su trabajo

    La verdad es que son muy serios y dedicados a su trabajo excelentes resultados

    Hernan Muneton

    Abogados los recomiendo si eres un inmigrante igual que yo

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    Steffany Figueroa

    A todos que lo contraten que ud son unos excelentes abogados

    Hola y muchas gracias por tomar en cuenta a nosotros los latinos. Y pues muchas gracias por su excelente trabajo yo siempre he estado agradecido con ud desde el 2004 q empesamos asta que ahora ya soy ciudadano muchas gracias de verda por su buen trabajo y espero sigan siendo buen trabajo y a los recomiendo. A todos que lo contraten que ud son unos excelentes abogados muchas gracias de verdad gracias por estar al 100 son los mejor 5*****

    J&A Perlera

    La verdad no tengo palabras para agradecer a esta oficina y al abogado Fitzgerald por la representación que me dio

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    Oscar Mora

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    Jose Grande

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    En mi experiencia con los abogados fue muy excelente trato a mi persona muy amablemente, hicieron todo lo posible por ganar mi casó Gracias a Dios y a ellos tengo mi Residencia.

    Emerita Molina

    Los recomiendo ampliamente

    Conseguí la visa en pocos meses, fueron muy profesionales y eficientes, todo el tiempo estuvieron dispuestos a contestar mis dudas y dedicar todo el tiempo que fue necesario. No terminaron el caso hasta que obtuve la Green Card y el sello en el pasaporte. Los recomiendo ampliamente

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    Ava G.

    Son un buen equipo muy profecionales y conocedores de las Leyes de Inmigracion.

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    Wilber R.

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    Muy metódicos y profesionales. Siempre disponibles para cualquier duda. Lo que más me gusta de ellos es que se preocupan no sólo por que el proceso se resuelva perfectamente sino también por que entienda bien mis opciones y por resolver cualquier duda o intranquilidad que tenga en cualquier momento.

    Daniel R.

    Es el mejor!

    Siempre estubo solucionando todas las preguntas que tenia sobre mi caso, siempre me dio confianza antes de el habia acudido a dos abogados que no hicieron nada y lo que hacian lo hacian mal, pero el abogado David pudo sacar mi residencia permanente en estados unidos se lo agradesco infinitamente y siempre lo recomendare ya sea con un familiar o amigo.

    Jober R.

    Gracias a ellos tengo mi Residencia.

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    Beatriz P.

    Me gusta mucho esta compañía

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    James K.

    Sin duda alguna los recomiendo por ser muy profesionales en su trabajo.

    Excelente Equipo de abogados.. son lo que uno busca responsabilidad, compromiso y sobre todo un orden excelente en tu proceso. Llevo mi proceso con ellos, específicamente con Lic Pamela Fuentes y me han demostrado ser un excelente equipo de trabajo. Todo lo que uno necesita para sentirse cómodo en su proceso migratorio. Sin duda alguna los recomiendo por ser muy profesionales en su trabajo. Adelante y Dios los bendiga siempre

    Gassim F.

    Es una persona que está en su momento cuando he tenido alguna dudas

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    Karol S.

    100% eficientes

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    Zulia O.

    Me siento feliz por haberlos elegido.

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    Karol S.

    Profesional, responsable y honesto.

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