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Residencia U.S. a través de VAWA para Víctimas de Violencia Doméstica

Tabla de Contenidos

    ¿Qué es VAWA?

    VAWA (Ley de Violencia Contra las Mujeres) es una ley que permite a ciertos inmigrantes o ciudadanos extranjeros (hombres y mujeres) y sus hijos, que han sido víctimas de violencia doméstica por parte de su cónyuge ciudadano americano o residente permanente legal de los Estados Unidos, presentar una petición por sí mismos para obtener su Residencia estadounidense o Green Card.

    ¿Quién es elegible para una residencia Americana basada en la ley VAWA?

    Cónyuges no Residentes

    Cónyuges no residentes, que contrajeron matrimonio de buena fe (no por fraude de inmigración) y fueron abusados por su cónyuge ciudadano o residente de los EE. UU., o cuyos hijos han sido abusados por su cónyuge ciudadano o residente de los EE. UU. (los niños menores de 21 años también pueden incluirse en la autopeticón de VAWA), incluso cuando:

    • El matrimonio terminó por muerte o divorcio dentro de los 2 años posteriores a la presentación de la petición VAWA (Formulario I-360);
    •  El cónyuge abusivo perdió o renunció a la ciudadanía o al estatus de residente permanente dentro de los 2 años posteriores a la presentación de la petición VAWA, debido a un incidente de violencia doméstica (véase IF § 204(a)(1)(a)(iii))); o
    • Usted creía que estaba legalmente casado con su cónyuge abusivo, ciudadano estadounidense o residente permanente, pero el matrimonio no era válido porque el cónyuge abusivo practicaba bigamia. 

    Niños no residentes

    Niños no residentes menores de 21 años y solteros que han sido abusados por sus padres residentes o ciudadanos de los EE. UU. (un niño puede presentar la solicitud después de los 21 años pero antes de los 25, si puede probar que el retraso fue causado por el abuso).

    Padres no Residentes

    Padres no residentes Abusados por sus hijos o hijas residentes o ciudadanos estadounidenses.

    Además de estar en una de las categorías anteriores, si vive fuera de los Estados Unidos cuando presenta la auto petición de VAWA, también debe demostrar que el ciudadano estadounidense o familiar residente permanente legal abusivo es un empleado del gobierno de los EE. UU. , las fuerzas armadas de los EE. UU., o que fue sometido a agresión o crueldad extrema en los Estados Unidos.

    Una vez otorgada la Residencia Permanente Legal ¿Cuál es su Duración?

    Una vez otorgada la Residencia Permanente Legal, esta no expira siempre y cuando el extranjero cumpla con todas las condiciones respecto a la Residencia Permanente en Estados Unidos o Green Card.

    Beneficios familiares de VAWA

    Ciertos miembros de la familia inmediata del extranjero podrían ser elegibles para obtener la residencia permanente y todos sus beneficios. Específicamente, los cónyuges e hijos abusados de ciudadanos estadounidenses o residentes legales permanentes de EE. UU. pueden incluir a hijos solteros menores de 21 años como beneficiarios en su propia petición, mientras que los padres abusados por sus hijos ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes no pueden hacerlo.

     La residencia legal permanente permite que todos los miembros de la familia vivan, estudien o trabajen legalmente en los EE. UU.

    ¿Qué documentación necesito para un caso de inmigración por VAWA (Ley de Violencia contra las Mujeres)?

    1. Copia del certificado de nacimiento del beneficiario y copia del certificado de nacimiento del cónyuge e hijo abusivo, si está disponible
    2. Copia del Acta de Matrimonio (si aplica)
    3. Copia del Certificado(s) de Divorcio (si aplica)
    4. 6 Fotografías de tamaño pasaporte
    5. Copia completa del Pasaporte
    6. Copia del Formulario I-94 [https://i94.cbp.dhs.gov/I94/#/recent-search ] (si aplica)
    7. Copia de la evidencia de ciudadanía o estatus de residente del cónyuge/padre abusivo:
      1. Green Card (tarjeta de residente permanente)
      2. Certificado de nacimiento
      3. Pasaporte
    8. Certificado de naturalización
    9. Copia completa de cualquier solicitud de inmigración anterior, avisos, registros y documentos de respaldo (presentados o recibidos de cualquier agencia del gobierno de EE. UU. (USCIS, ICE, CBP, NVC, Consulado, EOIR….)
    10. Copia completa de cualquier caso penal, incluidos registros judiciales certificados, informe policial,denuncia penal, declaración de culpabilidad, órdenes judiciales, registros de libertad condicional y cualquier otro documento (si aplica)
    11. Copia de los registros judiciales completos para cualquier otro procedimiento legal, incluida la órdenes de alejamiento, custodia de menores, divorcio u otro asunto (si corresponde)
    12. Evidencia de violencia doméstica
      1. Copia de registros médicos que documenten el abuso.
      2. Copia de los registros de consejería que documenten el abuso.
      3. Copia de informes policiales;
      4. Copia de Actas Judiciales; (Órdenes de Alejamiento,    Procedimientos de Divorcio por abuso);
      5. Copia de documentos de funcionarios escolares;
      6. Copia de documentos del clero, trabajadores sociales y cualquier otro personal de la agencia de servicios sociales.
    13. Declaración juramentada (debe detallarse con información de relación e incidentes de abuso)
    14. Copia de Constancia de Matrimonio de Buena Fe (en el caso de abuso conyugal):
      1. Registros bancarios conjuntos con depósito directo de todos los  empleadores;
      2. Facturas/recibos conjuntos (en ambos nombres) de servicios públicos;
      3. Records de colegios;
      4. Registros hospitalarios o médicos;
      5. Certificados de nacimiento de niños;
      6. Escrituras, hipotecas, registros de alquileres;
      7. Pólizas de seguro;
      8. Declaraciones de Impuestos Conjuntas;
      9. Registros de empleo;
      10. Licencias/identificaciones estatales; o
      11. Fotografías y declaraciones juramentadas: extremadamente detalladas (si es necesario)
    1. Lista de cuentas de redes sociales que se utilizan y copia de páginas recientes (si corresponde)
    2. Copia de las declaraciones de impuestos de cada año desde el matrimonio [https://www.irs.gov/individuals/gettranscript ] (si está disponible)

    ¿Cómo es el proceso VAWA?

    •  Completar el Formulario I-360 (Petición de Visa de Inmigrante), Formulario I-485 (Ajuste de Estatus), Formulario I-765 (Solicitud de Autorización de Trabajo). Formulario I-131 (Solicitud de autorización de viaje) y otras solicitudes que puedan ser pertinentes a la situación individual, como una exención o perdón (Formulario I-601).
    • Presentar los Formularios I-360, I-485, otras solicitudes y los documentos de respaldo (La Petición VAWA) ante el Centro de Servicio de USCIS correspondiente.
    • Al recibir la Petición VAWA, USCIS enviará avisos de recibo y puede emitir un aviso para una cita biométrica con un Centro de Soporte de Solicitudes de USCIS local.
    • Presentarse en el Centro local de soporte de solicitudes de USCIS para procesamiento biométrico (30-120 días). NOTA: La cita de datos biométricos puede no aplicarse si USCIS reutiliza registros biométricos anteriores.
    • La aprobación de la Solicitud de Autorización de Trabajo (I-765) y la Autorización de Viaje (I-131) de USCIS se emitirá después de la revisión inicial de las solicitudes y el procesamiento de los datos biométricos (generalmente dentro de 8 a 11 meses a partir de la fecha de presentación de las aplicaciones).
    • Recibir el “Aviso de Determinación Prima Facie” que es válido por un período de tiempo y brinda ciertos beneficios a ciertas víctimas de violencia doméstica, como acceso a atención médica y programas de asesoramiento.
    • Es posible que se requiera que el ciudadano extranjero asista a una entrevista con un oficial de USCIS, ya sea para el I-360, el I-485 o ambos; de lo contrario, el Centro de Servicio de USCIS puede emitir una decisión.

    Tenga en cuenta que la Residencia Permanente Legal o Green Card se otorgará en el momento de la entrevista si la fecha de prioridad está actualizada, pero ocasionalmente el USCIS necesitará tiempo adicional para completar las verificaciones de antecedentes de seguridad obligatorias. 

    ¿Cuáles son las tarifas de presentación de USCIS?

    Por lo general, se le exigirá que pague las tarifas de presentación del Formulario, I-485 y datos biométricos, a menos que sea elegible para una exención de tarifas. haga clic aquí para verificar las tarifas del Servicio de Inmigración de EE. UU., ya que cambian periódicamente.

    ¿Cuáles son los honorarios de nuestros abogados de inmigración de Boston para solicitar una petición VAWA?

    ¿Dónde puedo obtener más información?

    Testimonios

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    el realmente sabe lo que te está hablando.

    Cuando buscas la ayuda de un profesional es para que realmente te brinde sus conocimientos y habilidades, agradezco toda lo que mi abogado brindó y aportó a mi caso y destacó mucho su sinceridad es una persona que te habla con honestidad sabe muy bien hasta dónde y cómo puede manejar, llevar y desarrollar las acciones en el caso y lo reitero valoro muchísimo su sinceridad el no te dice lo que quieres escuchar ni te pinta pajaritos en el aire; el realmente sabe lo que te está hablando. Fue muy bueno trabajar con él y sin dudarlo continuaré trabajando con él.

    Brigitte Yesenia Fernandez Rivera

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    Siempre comprometidos con los acuerdos y muy responsables con lo pactado, muy buen servicio!!!

    Duvan Antonio Galindo Moreno

    son muy serios y dedicados a su trabajo

    La verdad es que son muy serios y dedicados a su trabajo excelentes resultados

    Hernan Muneton

    Abogados los recomiendo si eres un inmigrante igual que yo

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    Steffany Figueroa

    A todos que lo contraten que ud son unos excelentes abogados

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    J&A Perlera

    La verdad no tengo palabras para agradecer a esta oficina y al abogado Fitzgerald por la representación que me dio

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    Oscar Mora

    gracias a Dios por haber conocido a los abogados de Fitzgerald law Company

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    En mi experiencia con los abogados fue muy excelente trato a mi persona muy amablemente, hicieron todo lo posible por ganar mi casó Gracias a Dios y a ellos tengo mi Residencia.

    Emerita Molina

    Los recomiendo ampliamente

    Conseguí la visa en pocos meses, fueron muy profesionales y eficientes, todo el tiempo estuvieron dispuestos a contestar mis dudas y dedicar todo el tiempo que fue necesario. No terminaron el caso hasta que obtuve la Green Card y el sello en el pasaporte. Los recomiendo ampliamente

    Marcela Casini

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    La verdad emos quedado muy bien satisfechos en el caso todo fue rápido y seguro le agradecemos x aver trabajado también y rápido el caso se ganó exitosa mente la verdad los recomiendo

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    Ava G.

    Son un buen equipo muy profecionales y conocedores de las Leyes de Inmigracion.

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    Muy metódicos y profesionales. Siempre disponibles para cualquier duda. Lo que más me gusta de ellos es que se preocupan no sólo por que el proceso se resuelva perfectamente sino también por que entienda bien mis opciones y por resolver cualquier duda o intranquilidad que tenga en cualquier momento.

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    Es el mejor!

    Siempre estubo solucionando todas las preguntas que tenia sobre mi caso, siempre me dio confianza antes de el habia acudido a dos abogados que no hicieron nada y lo que hacian lo hacian mal, pero el abogado David pudo sacar mi residencia permanente en estados unidos se lo agradesco infinitamente y siempre lo recomendare ya sea con un familiar o amigo.

    Jober R.

    Gracias a ellos tengo mi Residencia.

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    Me gusta mucho esta compañía

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    James K.

    Sin duda alguna los recomiendo por ser muy profesionales en su trabajo.

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    Gassim F.

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    Karol S.

    100% eficientes

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    Zulia O.

    Me siento feliz por haberlos elegido.

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    Karol S.

    Profesional, responsable y honesto.

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