Abogado para Visas E-1 y E-2 para Comerciantes e Inversionistas por Tratado

 

¿Qué es la visa E?

La categoría de la Visa E fue diseñada para dar efecto a tratados de comercio e inversión entre los Estados Unidos y otras naciones, otorgando beneficios recíprocos a individuos con nacionalidad de países que forman parte de los tratados. De esta forma, facilitando la interacción comercial entre los Estados Unidos y los países en convenio.

Esta visa le permite vivir y trabajar legalmente, a inversionistas que realicen una inversión considerable en los Estados Unidos (ver a continuación la definición de “considerable” para propósitos de inversión); o propietarios de negocios, administradores, y empleados de una empresa de una nación en convenio, que tengan nexos comerciales con Estados Unidos, y que necesitan permanecer en los Estados Unidos durante extensos periodos de tiempo para supervisar el trabajo ejecutado en los Estados Unidos.

Existe una opción de procesamiento “premium”o agilizado para peticiones de Visa E presentadas en EE.UU., por la cual con una cuota adicional, el departamento de inmigración se compromete a procesar la solicitud dentro de los siguientes 15 días laborales a partir de la fecha de recibo de la solicitud. Esto no significa necesariamente que habrá una decisión final al cabo de 15 días, sino que habrá una respuesta. Esta respuesta puede ser una aprobación de la visa, una negación o también puede incluir una solicitud de documentos adicionales. Aplicar por una Visa E puede ser complicado- contacte a nuestros abogados de inmigración experimentados con Visas E  hoy para que le ayuden a tramitar su visa E1 o E2. Llame al (617) 303-2601 (ext. 0) o llene nuestra solicitud de cita en línea.

¿Quién es elegible para las Visas E1 y E2?

Para la visa de Comerciante por Tratado: E-1

Son elegibles extranjeros ciudadanos de una nación que haya firmado un tratado de comercio e inversión con los Estados Unidos, que vienen a los Estados Unidos:

  • Únicamente, para llevar a cabo o dedicarse a comercio “sustancial”, incluyendo intercambio de servicios o tecnología,
  • Principalmente entre los Estados Unidos y el país de nacionalidad del extranjero.

La definición de “Sustancial” con referencia a una inversión está a discreción de la Secretaría de Estado. Para lo cual, la Secretaría de Estado conduce una prueba de “proporción relativa” como pauta.

Para que el intercambio comercial sea considerado “principalmente” entre los Estados Unidos y el país en convenio, éste debe ser al menos del 50% del total del comercio realizado por el extranjero, su empresa, o empleador.

Para la Visa de Inversionista por Tratado: E2

Son elegibles extranjeros ciudadanos de una nación que haya firmado un tratado de comercio e inversión con los Estados Unidos, que vienen a los Estados Unidos:

  • Únicamente para desarrollar y dirigir las operaciones de una empresa en la cual el o ella ha invertido; o
  • Únicamente para desarrollar y dirigir las operaciones de una empresa en la cual el o ella esta activamente en el proceso de invertir una cantidad de capital sustancial; o
  • Como un empleado que prestará servicios que requieren de calificaciones especiales, esenciales para la operación de la empresa del inversionista; que tenga la misma nacionalidad que el inversionista empleador o los nacionales dueños de al menos el 50% de la empresa, que estén bajo estatus migratorio de inversionista, si estos residen en los Estados Unidos; y
  • que demuestren su intención de salir de los Estados Unidos una vez terminado su estatus migratorio.

La definición de “Sustancial” con referencia a una inversión esta a discreción de la Secretaría de Estado. Para lo cual la, Secretaría de Estado conduce una prueba de “proporción relativa” como pauta.

A través de esta prueba, la Secretaría de Estado evalúa si:

1) el valor de la inversión es sustancial como porcentaje del valor de mercado de la empresa, o

2) si el valor de la inversión es sustancial como porcentaje del capital usualmente requerido para establecer el tipo de negocio en la industria especificada en la aplicación para la visa.

Adicionalmente, la empresa inversionista no debe ser “poco rentable”, si no que deberá tener la capacidad en el presente o en el futuro para proveer un ingreso mayor que un salario para cubrir los costos de vida del inversionista y su familia.

Aunque cada caso es evaluado individualmente por el Departamento de Estado, generalmente las siguientes reglas se aplican en términos de las expectativas mínimas para la inversión:

  1. Para empresas inversionistas valoradas en menos de $500,000.00 dólares
    1. Un mínimo del 75% del valor total de la empresa; o para pequeñas y medianas empresas, más de la mitad del valor de la empresa.
    2. Se pueden realizar excepciones para ciertas empresas nuevas o de servicio, donde puede ser apropiada una menor cantidad de inversión inicial, dependiendo del tipo y las particularidades del negocio.
  2. Para empresas inversionistas valoradas entre $500,000.00 y $3 millones de dólares
    1. Un mínimo del 50% del valor de la empresa o un monto fijo de $1,000,000.00 de dólares
    2. El Departamento de Estado puede realizar una excepción si se puede demostrar que dentro de la industria especificada en la aplicación, es de común práctica comenzar el tipo de negocio en cuestión, con menos del 50% del valor de la empresa.
  3. Para empresas inversionistas valoradas en más de $3 millones de dólares
    1. Se espera que la inversión sea de un mínimo del 30% del valor del negocio o un monto fijo de $1,000,000.00 de dólares.

Para poder obtener la Visa E, se deben cumplir los siguientes tres requisitos:

    1. Debe haber un tratado entre los Estados Unidos y el país de la empresa o el país del cuál el solicitante de la visa tiene nacionalidad.
  • Los dueños mayoritarios o los que llevan el control de la empresa comprometida en el intercambio comercial o la inversión con los Estados Unidos, deben ser de un país que haya firmado un tratado de comercio / inversión con los Estados Unidos.
  • Cada empleado o director que aplique para el estatus de visa E, debe ser ciudadano del país en cuestión, que haya firmado un tratado de comercio/ inversión con los Estados Unidos.

Nuestros abogados especializados en Visas E pueden ayudarle a evaluar si tiene la posibilidad de calificar para la Visa E-1 o E-2 y tramitar todo el proceso de aplicación. Llame para una cita a nuestra oficina en Boston hoy al al (617) 303-2601 (ext. 0) o llene nuestra solicitud de cita en línea.

¿Cuál es la duración de las Visas E1 y E2?

De acuerdo con la reglamentación, la limitación inicial para el periodo de estadía para un extranjero con Visa E-1 o E-2 es de máximo 2 años.

Renovación

La Visa E puede ser extendida indefinidamente, siempre y cuando el extranjero demuestre la viabilidad continua de su empresa y que cumple con los requisitos de la visa.

Beneficios para la Familia

El cónyuge del negociante o inversionista extranjero, e hijos menores de 21 años y solteros, califican para el mismo estatus migratorio que el extranjero principal nombrado en la aplicación. La nacionalidad de los familiares inmediatos no es relevante para esta calificación. Los familiares mencionados, pueden vivir y estudiar en los Estados Unidos sin necesidad de permisos adicionales. El cónyuge del portador de la visa puede obtener un permiso de trabajo.

¿Qué documentos necesito para aplicar por las Visas E1 o E2?

Todos los documentos deben presentarse al Servicio de Inmigración de Estados Unidos con su correspondiente traducción al inglés.

Documentos para la Visa de Comerciante por Tratado E1:

  1. Una descripción detallada de la naturaleza y función de la empresa y la posición del extranjero solicitante.
  2. Documentos que demuestren intercambio comercial continuo entre los Estados Unidos y el país del cual el solicitante tiene nacionalidad, incluyendo cualquiera de los siguientes documentos que estén disponibles:
    • Facturas de comercio
    • Reportes de venta
    • Historial de envío o cuentas de desembarco
    • Sumarios o auditorias de cuentas internacionales y transacciones de comercio
    • Estados de cuenta financieros de la empresa
    • Artículos de constitución de la empresa
    • Licencias de importación y/o exportación
    • Estado de cuentas bancarias
    • Reporte anual
    • Declaraciones de impuestos, etc.
  3. Una copia del pasaporte de todos los solicitantes (solicitante principal y su familia).
  4. Copias de certificados de nacimiento y certificado de matrimonio como sustento para la aplicación de solicitantes secundarios.
  5. Una copia de la visa Estadounidense y el formulario I-94 (para el extranjero y sus familiares si estos están presentes en
    los Estados Unidos).
  6. Si el extranjero es empleado de una compañía dentro de un convenio de comercio, debe suministrar evidencia de la posición, incluyendo diagrama de la estructura organizacional, descripción del trabajo y evidencia de los esfuerzos de contratación hechos por la empresa.

Para Visa de Inversionista por Tratado E2:

    1. Un plan de negocios detallando la naturaleza y función de la empresa, la inversión inicial necesaria, y las proyecciones de empleo, incluyendo cualquiera de los siguientes documentos:
      • Propiedad o costo de finca raíz
      • Costo de materiales
      • Costo de salario de empleados
      • Costos legales, honorarios profesionales, y/o costos de licencias
      • Acuerdos o contratos para compra de acciones
      • Hipoteca o condiciones de préstamos
      • Contratos o cartas de acuerdo entre la empresa en convenio y sus clientes y/o suministradores
      • Constancia legal de formación de empresa (ej: documentos de incorporación, etc.).
      • Estados financieros

      Nota: Nuestros abogados de inmigración en Boston pueden ayudar a pequeñas empresas en la creación de algunos de estos documentos si se nos provee cierta información y documentación preliminar.

    2. Una carta completa dirigida al USCIS mencionando el alcance o cantidad de la participación del extranjero principal en la inversión.
  1. Una copia del estado financiero más reciente de la inversión
  2. Una copia del pasaporte de todos los solicitantes
  3. Copias de certificados de nacimiento y/o certificado de matrimonio como apoyo a la aplicación de solicitantes secundarios
  4. Una copia de la visa Americana y el formulario I-94 (para el extranjero y sus familiares si estos están presentes en los Estados Unidos).
  5. Si el extranjero es un empleado de una compañía dentro de un convenio de comercio, suministrar evidencia de la posición, incluyendo diagrama de la estructura organizacional, descripción del trabajo y evidencia de los esfuerzos de reclutamiento hechos por la empresa.

¿Cómo es el proceso para solicitar las Visas E1 o E2 para E.E.U.U.?

Hay tres etapas en este proceso:

Primera Etapa:

Preparación de la documentación incluyendo:

  • Diagrama organizacional (si se requiere)
  • Preparación del plan de negocio o adaptación para el propósito de las visas
  • Preparación de la documentación de sustento

El tiempo requerido depende de la disponibilidad y entrega de los documentos necesarios, el nivel de cooperación y envolvimiento del cliente.

Segunda Etapa:

Preparación y radicación de la solicitud para la visa—formularios I-129 y suplementos para la I-129 E

( El tiempo requerido es aproximadamente 15 días desde el día en que la documentación esté completa)

Tercera Etapa:

Aprobación de la solicitud de la visa por el USCIS o notificación del Servicio de Inmigración de Estados Unidos pidiendo mayor documentación o evidencia en sustento de la aplicación. En caso de esto último, trabajaremos con el cliente para suministrar esta información adicional al USCIS y escribiremos una respuesta con su respectivo análisis y argumentación legal. Este último caso alargaría el proceso y puede incrementar su costo dependiendo del trabajo adicional requerido.

(La adjudicación de la visa toma aproximadamente de 120 a 150 días desde la radicación de la solicitud con el centro de servicio del USCIS, dependiendo del volumen de casos en el centro del Servicio de Inmigración de Estados Unidos correspondiente a su localidad)

¿Qué pasa si vendo acciones de mi compañía y estoy en los Estados Unidos bajo una Visa E?

Usted podría estar en riesgo de violar los términos de su visa. Es recomendable consultar a su abogado antes de vender o transferir acciones de su compañía.

¿Cuáles son los costos de presentación del Servicio de Inmigración USCIS en los Estados Unidos?

Los cargos oficiales del Servicio de Inmigración de Estados Unidos correspondientes al Formulario I-129. Adicionalmente, si se qiuere solicitar tramitación acelerada ( ” Premium Processing”), se deberá pagar la tarifa del formulario I-907.
Puede consultar estos costos en la Página Web de USCIS

¿Cuáles son los honorarios de nuestros abogados de inmigración en Boston para solicitar las visas E-1 o E-2?

Puede consultar nuestros honorarios legales en nuestra página web o puede solicitar una consulta online con unos de nuestros abogados de inmigración llamando al (617) 303-2601 (ext. 0)

Preguntas Frecuentes

Quiero comenzar mi propio negocio en los Estados Unidos, ¿existe algo que pueda hacer para mantener mi estatus legal?

Existen dos (2) tipos de visas que generalmente permiten que una persona abra y mantenga un negocio en los Estados Unidos bajo ciertas condiciones.

La Visa E permite que una persona invierta dinero para crear un nuevo negocio. Existen varias condiciones para que esta visa sea emitida incluyendo la existencia de un tratado entre los Estados Unidos y el país del cual el solicitante es ciudadano.

Adicionalmente, la inversión debe ser sustancial y pasar un exámen de “sustanciabilidad” y el capital de inversión debe de estar en riesgo.

Otra opción es la Visa L-1A, que permite que la persona entre a los Estados Unidos para la formación de un nuevo negocio si existe una compañía extranjera o entidad que sea “afiliada” a la nueva empresa y la persona solicitando la visa ha trabajado anteriormente por lo menos por un año de los últimos 3 años fuera de los Estados Unidos en dicha empresa extrajera “afiliada” en capacidad administrativa o ejecutiva.

Para mantener el estatus de “no inmigrante” debes cumplir con los términos de tu visa existente y solicitar cualquier cambio antes que se venza la fecha reflejada en tu I-94. Si su I-94 no tiene una fecha sino que tiene las letras D/S (lo que se conoce como “duration of status” o duración del estatus), para un estudiante, entonces la aplicación para cambiar tu estatus debe radicarse antes de la fecha de vencimiento establecida en la I-20, o si recibiste aprobación para “practical training” o “entrenamiento práctico”, antes de la fecha de vencimiento de esta autorización de trabajo.

¿Cuánto dinero debo invertir para aplicar a una visa de categoría E?

No existe una cantidad de dinero establecida para la visa de categoría E. la inversion debe ser sustancial y apropiada para el tipo de negocio en el que va a incursionar. Un análisis del plan de negocio generalmente revelará si la inversión requerida es substancial. Esto debe ser revisado por un abogado de inmigración. Usted puede hacer una cita para una consulta llamando a nuestra oficina al (617) 303-2600 (ext. 0).

¿Cuánto tiempo debe de tener la compañía en existencia antes de poder patrocinarme para una Visa E?

La compañía estadounidense puede patrocinar su Visa E tan pronto ésta abra o exista.

Si tengo una Visa E, ¿puede mi esposa y/o hijo trabajar o estudiar en los Estados Unidos?

Si, como derivados de la Visa E, su esposa/o y/o hijos pueden estudiar en los Estados Unidos y pueden ser elegibles para una autorización de trabajo, lo que les permitirá trabajar en los Estados Unidos.

¿Cuánta ganancia debe generar la empresa para poder patrocinarme para la Visa E?

No hay una cantidad requerida de ganancias. No obstante, los ingresos netos o ganancia estimada para el futuro (en caso de una nueva empresa) deben ser suficientes para cubrir el salario de un alto ejecutivo en la compañía.

¿Puedo aceptar un empleo de otra compañía mientras estoy en una Visa E o L?

No, usted no puede trabajar para otro empleador mientras esta con la Visa E o L. sin embargo, usted puede aplicar para una visa diferente que le permitirá trabajar para una compañía diferente. Tenga en cuenta que debe esperar hasta que su nueva visa este aprobada antes de comenzar el empleo en la nueva compañía.

¿Existe algún tipo de limitaciones numéricas para la Visa E o L?

No existe ningún tipo de limitaciones numéricas para las Visas E o L.

Puedo transferir una Visa E o L a otra compañía?

No, usted no puede transferir una Visa E o L de una compañía a otra, por que esta visa es otorgada para trabajar con una empresa específica. La nueva empresa que lo quiere contratar debe aplicar para una nuevo estatus de visa para usted. Sin embargo, sería un situación muy inusual en la cual una persona pudiera aplicar para una nueva Visa L con una empresa diferente.

¿Cuántos trabajadores con Visa E pueden trabajar en los Estados Unidos para la misma compañía a la vez?

No existe un número límite de trabajadores que pueden tener una Visa E para una misma compañía, siempre y cuando ésta cumpla con los requisitos de la visa.

¿Cuál es mi estatus mientras que la aplicación para mi primera Visa E está en proceso?

Usted estará bajo el mismo estatus de su visa anterior hasta qué este expire, después del cual permanecerá presente en los Estados Unidos legalmente y “dentro de estatus” para el solo propósito de cambiar su estatus.

Si estoy aplicando para una Visa E o si ya tengo una Visa E, ¿qué estatus pueden obtener mis hijos y esposo/a?

Usted puede solicitar para ellos una visa derivada de su Visa E.

¿Pueden los familiares de una persona con Visa E trabajar o estudiar en los Estados Unidos?

Los esposos/as tienen autorización para trabajar y estudiar en los Estados Unidos. Sin embargo, los hijos no tienen autorización para trabajar (sólo para estudiar), excepto los hijos solteros y dependientes de un trabajador de una TECRO (Oficina Económico Cultural Representativa de Taiwán).

¿Cuál es el tiempo de vigencia de una Visa E? ¿Cuántas veces puedo renovarla?

Una Visa E generalmente es aprobada por 1 o 2 años si la aplicación es hecha en los Estados Unidos. Si la visa se solicita en un consulado Americano en el extranjero, esta puede ser aprobada por un tiempo mayor (generalmente hasta 5 años). No hay ninguna limitación en la renovación de las Visas E, por lo tanto, las pueden ser renovadas y extendidas indefinidamente, siempre y cuando se cumplan los requisitos de la visa.

¿Cuánto tiempo tengo para salir de los Estados Unidos cuando mi Visa E expira o mi compañía deja de existir?

No existe “tiempo de gracia” con las Visas E. Una persona que tiene una Visa E debe salir de los Estados Unidos tan pronto su visa expire o tan pronto se deje de cumplir con las condiciones o requisitos establecidos por la Visa E (por ejemplo, si mi inversión o compañía deja de existir.)

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