Abogado para Visas E-1 y E-2 para Comerciantes e Inversionistas por Tratado

Las Visas E-1 y E-2 permiten a los ciudadanos elegibles de países que mantienen tratados con Estados Unidos vivir y trabajar en el país mediante actividades comerciales o de inversión que cumplan con los requisitos correspondientes. FitzGerald Law Company ayuda a comerciantes bajo tratado, inversionistas, propietarios de negocios y empleados que califican a determinar si una Visa E es adecuada para alcanzar sus objetivos migratorios y comerciales.

 

¿Qué es la visa E?

La categoría de la Visa E fue diseñada para dar efecto a tratados de comercio e inversión entre los Estados Unidos y otras naciones, otorgando beneficios recíprocos a individuos con nacionalidad de países que forman parte de los tratados. De esta forma, facilitando la interacción comercial entre los Estados Unidos y los países en convenio.

Esta visa le permite vivir y trabajar legalmente, a inversionistas que realicen una inversión considerable en los Estados Unidos (ver a continuación la definición de “considerable” para propósitos de inversión); o propietarios de negocios, administradores, y empleados de una empresa de una nación en convenio, que tengan nexos comerciales con Estados Unidos, y que necesitan permanecer en los Estados Unidos durante extensos periodos de tiempo para supervisar el trabajo ejecutado en los Estados Unidos.

Existe una opción de procesamiento “premium”o agilizado para peticiones de Visa E presentadas en EE.UU., por la cual con una cuota adicional, el departamento de inmigración se compromete a procesar la solicitud dentro de los siguientes 15 días laborales a partir de la fecha de recibo de la solicitud. Esto no significa necesariamente que habrá una decisión final al cabo de 15 días, sino que habrá una respuesta. Esta respuesta puede ser una aprobación de la visa, una negación o también puede incluir una solicitud de documentos adicionales. Solicitar una visa E puede resultar muy desafiante y complejo, por lo que se recomienda encarecidamente recurrir a los servicios de un abogado especializado en visas E.

 

Consulte sus necesidades con un abogado de inmigración experimentado con sede en Boston para determinar si la visa E es la opción adecuada para usted. Llame hoy mismo al (617) 523-6320 (ext. 0) para concertar una cita o complete nuestro formulario de solicitud de cita.

¿Quién es elegible para las Visas E1 y E2?

Para la visa de Comerciante por Tratado: E-1

Son elegibles comerciantes extranjeros nacionales de un país que haya firmado un tratado de comercio e inversión con los Estados Unidos, que vienen a los Estados Unidos:

  • Únicamente, para llevar a cabo o dedicarse a comercio “sustancial”, incluyendo intercambio de servicios o tecnología,
  • Principalmente entre los Estados Unidos y el país de nacionalidad del extranjero.

La definición de “Sustancial” con referencia a una inversión está a discreción de la Secretaría de Estado. Para lo cual, la Secretaría de Estado conduce una prueba de “proporción relativa” como pauta.

Para que el intercambio comercial sea considerado “principalmente” entre los Estados Unidos y el país en convenio, éste debe ser mas del 50% del volumen total del comercio internacional realizado por el comerciante extranjero, su empresa, o empleador.

Para la Visa de Inversionista por Tratado: E2

Son elegibles extranjeros nacionales de un país que haya firmado un tratado de comercio e inversión con los Estados Unidos, que vienen a los Estados Unidos:

  • Únicamente para desarrollar y dirigir las operaciones de una empresa en la cual el o ella ha invertido; o
  • Únicamente para desarrollar y dirigir las operaciones de una empresa en la cual el o ella esta activamente en el proceso de invertir una cantidad de capital sustancial; o
  • Como un empleado que prestará servicios que requieren de calificaciones especiales, esenciales para la operación de la empresa del inversionista; que tenga la misma nacionalidad que el inversionista empleador o los nacionales dueños de al menos el 50% de la empresa, que estén bajo estatus migratorio de inversionista, si estos residen en los Estados Unidos; y
  • que demuestren su intención de salir de los Estados Unidos una vez terminado su estatus migratorio.

La definición de “Sustancial” con referencia a una inversión esta a discreción de la Secretaría de Estado. Para lo cual la, Secretaría de Estado conduce una prueba de “proporción relativa” como pauta.

A través de esta prueba, la Secretaría de Estado evalúa si:

1) El valor de la inversión es sustancial como porcentaje del valor de mercado de la empresa, o

2) Si el valor de la inversión es sustancial como porcentaje del capital usualmente requerido para establecer el tipo de negocio en la industria especificada en la aplicación para la visa.

Adicionalmente, la empresa inversionista no debe ser “poco rentable”, si no que deberá tener la capacidad en el presente o en el futuro para proveer un ingreso mayor que un salario para cubrir los costos de vida del inversionista y su familia.

Aunque cada caso es evaluado individualmente por el Departamento de Estado, generalmente las siguientes reglas se aplican en términos de las expectativas mínimas para la inversión:

Para inversiones valoradas en menos de $500,000

  • Para la mayoría de las empresas, la inversión debe equivaler al menos al 75% del valor total del negocio o, en el caso de pequeñas y medianas empresas, la inversión debe superar la mitad del valor del negocio.
  • Pueden permitirse excepciones para determinadas empresas emergentes (start-ups) y empresas de servicios, en las que una inversión inicial menor podría ser apropiada dependiendo del tipo de negocio y sus circunstancias específicas.

Para inversiones valoradas entre $500,000 y $3 millones

  • Por lo general, se espera una inversión de al menos el 50% del valor del negocio o una inversión fija de $1,000,000.
  • El Departamento de Estado puede permitir una excepción si se demuestra que, dentro de la industria específica, es habitual iniciar un negocio con una inversión inferior al 50% del valor de la empresa.

Para inversiones valoradas en más de $3 millones

  • Por lo general, se requiere una inversión de al menos el 30% del valor del negocio o una inversión fija de $1,000,000.

Para poder obtener una Visa E, deben cumplirse los siguientes tres requisitos:

  • Debe existir un tratado de comercio o inversión entre Estados Unidos y el país del solicitante.
  • La empresa que realiza actividades comerciales o de inversión con Estados Unidos debe ser propiedad mayoritaria de ciudadanos de un país con tratado o estar bajo su control.
  • Todo empleado o inversionista principal que solicite el estatus E debe ser ciudadano de un país que mantenga un tratado aplicable con Estados Unidos.

FitzGerald Law Company ayuda a empresarios, inversionistas y propietarios de negocios a evaluar las opciones de Visas E-1 y E-2 para iniciar, invertir en o expandir un negocio en Estados Unidos. Nuestros abogados pueden ayudarle a determinar qué categoría de Visa E se adapta mejor a su negocio y a sus circunstancias particulares. Llame al 617-523-6320 para programar una consulta inicial.

¿Cuál es la duración de las Visas E1 y E2?

De acuerdo con la reglamentación, la limitación inicial para el periodo de estadía para un extranjero con Visa E-1 o E-2 es de máximo 2 años.

Renovación

La Visa E puede ser extendida indefinidamente, siempre y cuando el extranjero demuestre la viabilidad continua de su empresa y que cumple con los requisitos de la visa.

Beneficios para la Familia

El cónyuge del negociante o inversionista extranjero, e hijos menores de 21 años y solteros, califican para el mismo estatus migratorio que el extranjero principal nombrado en la aplicación. La nacionalidad de los familiares inmediatos no es relevante para esta calificación. Los familiares mencionados, pueden vivir y estudiar en los Estados Unidos sin necesidad de permisos adicionales. El cónyuge del portador de la visa puede obtener un permiso de trabajo.

¿Qué estatus pueden obtener mi cónyuge y mis hijos si estoy solicitando una Visa E o ya tengo una Visa E?

El cónyuge y los hijos de un titular de una Visa E pueden obtener estatus legal en Estados Unidos como beneficiarios derivados del titular principal de la Visa E.

¿Qué documentos necesito para aplicar por las Visas E1 o E2?

Todos los documentos deben presentarse al Servicio de Inmigración de Estados Unidos con su correspondiente traducción al inglés.

Documentos para la Visa de Comerciante por Tratado E1:

  1. Una descripción detallada de la naturaleza y función de la empresa y la posición del extranjero solicitante.
  2. Documentos que demuestren intercambio comercial continuo entre los Estados Unidos y el país del cual el solicitante tiene nacionalidad, incluyendo cualquiera de los siguientes documentos que estén disponibles:
    • Facturas de comercio
    • Reportes de venta
    • Historial de envío o cuentas de desembarco
    • Sumarios o auditorias de cuentas internacionales y transacciones de comercio
    • Estados de cuenta financieros de la empresa
    • Artículos de constitución de la empresa
    • Licencias de importación y/o exportación
    • Estado de cuentas bancarias
    • Reporte anual
    • Declaraciones de impuestos, etc.
  3. Una copia del pasaporte de todos los solicitantes (solicitante principal y su familia).
  4. Copias de certificados de nacimiento y certificado de matrimonio como sustento para la aplicación de solicitantes secundarios.
  5. Una copia de la visa Estadounidense y el formulario I-94 (para el extranjero y sus familiares si estos están presentes en
    los Estados Unidos).
  6. Si el extranjero es empleado de una compañía dentro de un convenio de comercio, debe suministrar evidencia de la posición, incluyendo diagrama de la estructura organizacional, descripción del trabajo y evidencia de los esfuerzos de contratación hechos por la empresa.

Para Visa de Inversionista por Tratado E2:

  1. Un plan de negocios detallando la naturaleza y función de la empresa, la inversión inicial necesaria, y las proyecciones de empleo, incluyendo cualquiera de los siguientes documentos:
  • Propiedad o costo de finca raíz
  • Costo de materiales
  • Costo de salario de empleados
  • Costos legales, honorarios profesionales, y/o costos de licencias
  • Acuerdos o contratos para compra de acciones
  • Hipoteca o condiciones de préstamos
  • Contratos o cartas de acuerdo entre la empresa en convenio y sus clientes y/o suministradores
  • Constancia legal de formación de empresa (ej: documentos de incorporación, etc.).
  • Estados financieros

Nota: Nuestros abogados de inmigración en Boston pueden ayudar a pequeñas empresas en la creación de algunos de estos documentos si se nos provee cierta información y documentación preliminar.

2. Una carta completa dirigida al USCIS mencionando el alcance o cantidad de la participación del extranjero principal en la inversión.

  • Una copia del estado financiero más reciente de la inversión
  • Una copia del pasaporte de todos los solicitantes
  • Copias de certificados de nacimiento y/o certificado de matrimonio como apoyo a la aplicación de solicitantes secundarios
  • Una copia de la visa Americana y el formulario I-94 (para el extranjero y sus familiares si estos están presentes en los Estados Unidos).
  • Si el extranjero es un empleado de una compañía dentro de un convenio de comercio, suministrar evidencia de la posición, incluyendo diagrama de la estructura organizacional, descripción del trabajo y evidencia de los esfuerzos de reclutamiento hechos por la empresa.

¿Cómo es el proceso para solicitar las Visas E1 o E2 para E.E.U.U.?

Hay tres etapas en este proceso:

Primera Etapa:

Preparación de la documentación incluyendo:

  • Diagrama organizacional (si se requiere)
  • Preparación del plan de negocio o adaptación para el propósito de las visas
  • Preparación de la documentación de sustento

El tiempo requerido depende de la disponibilidad y entrega de los documentos necesarios, el nivel de cooperación y envolvimiento del cliente.

Segunda Etapa:

Preparación y radicación de la solicitud para la visa—formularios I-129 y suplementos para la I-129 E

( El tiempo requerido es aproximadamente 15 días desde el día en que la documentación esté completa)

Tercera Etapa:

Aprobación de la solicitud de la visa por el USCIS o notificación del Servicio de Inmigración de Estados Unidos pidiendo mayor documentación o evidencia en sustento de la aplicación. En caso de esto último, trabajaremos con el cliente para suministrar esta información adicional al USCIS y escribiremos una respuesta con su respectivo análisis y argumentación legal. Este último caso alargaría el proceso y puede incrementar su costo dependiendo del trabajo adicional requerido.

(La adjudicación de la visa toma aproximadamente de 120 a 150 días desde la radicación de la solicitud con el centro de servicio del USCIS, dependiendo del volumen de casos en el centro del Servicio de Inmigración de Estados Unidos correspondiente a su localidad)

¿Cuáles son los costos de presentación del Servicio de Inmigración USCIS en los Estados Unidos?

Los cargos oficiales del Servicio de Inmigración de Estados Unidos correspondientes al Formulario I-129. Adicionalmente, si se qiuere solicitar tramitación acelerada ( ” Premium Processing”), se deberá pagar la tarifa del formulario I-907.

Puede verificar estos costos en la Página Web de USCIS debido a que cambian regularmente

¿Cuáles son los honorarios de nuestros abogados de inmigración en Boston para solicitar las visas E-1 o E-2?

Puede consultar nuestros honorarios legales en nuestra página web

Solicite una consulta online con unos de nuestros abogados de inmigración

 

Vea Cómo Hemos Ayudado a Otros Clientes de Inmigración de Negocios

Testimonio de Cliente: Petición Aprobada para Iniciar un Negocio en Estados Unidos

Nuestra cliente Cecilia García comparte su experiencia trabajando con FitzGerald Law Company para obtener una Visa E-2 para inversionistas por tratado y establecer su propio negocio en Estados Unidos. Explica cómo fue su experiencia durante el proceso de inmigración estadounidense y cómo trabajó con el abogado de inmigración Desmond P. FitzGerald durante todo el proceso de solicitud de su Visa E-2.

Juan, ciudadano español y director ejecutivo de una empresa multinacional en crecimiento, había establecido una subsidiaria en Estados Unidos y deseaba expandir sus operaciones mientras mantenía su relación con la empresa matriz en España.

Descubra cómo FitzGerald Law Company lo ayudó con su solicitud de Visa E-2 para Inversionistas por Tratado, incluyendo la elaboración del plan de negocios, las proyecciones financieras y la documentación de respaldo necesaria para la solicitud, a pesar del limitado historial operativo de la subsidiaria estadounidense.

Finalmente, su Visa E-2 fue aprobada a través del Consulado de Estados Unidos en Madrid, lo que permitió a Juan y a su familia trasladarse a Estados Unidos.

Lea la historia de éxito de la visa E-2.

 

Nuestros Abogados de Inmigración en Boston Pueden Ayudarle

FitzGerald Law Company ayuda a empresarios, inversionistas, propietarios de negocios y titulares de Visas E con solicitudes y extensiones de Visas E-1 y E-2, así como con otros asuntos de inmigración.Llame al 617-523-6320 para programar una consulta inicial con uno de nuestros abogados de inmigración con experiencia en Massachusetts o complete nuestra Solicitud de Cita en Línea.

Preguntas Frecuentes

Quiero comenzar mi propio negocio en los Estados Unidos, ¿existe algo que pueda hacer para mantener mi estatus legal?

Existen dos (2) tipos de visas que generalmente permiten que una persona abra y mantenga un negocio en los Estados Unidos bajo ciertas condiciones.

La Visa E permite que una persona invierta dinero para crear un nuevo negocio. Existen varias condiciones para que esta visa sea emitida incluyendo la existencia de un tratado entre los Estados Unidos y el país del cual el solicitante es ciudadano.

Adicionalmente, la inversión debe ser sustancial y pasar un exámen de “sustanciabilidad” y el capital de inversión debe de estar en riesgo.

Otra opción es la Visa L-1A, que permite que la persona entre a los Estados Unidos para la formación de un nuevo negocio si existe una compañía extranjera o entidad que sea “afiliada” a la nueva empresa y la persona solicitando la visa ha trabajado anteriormente por lo menos por un año de los últimos 3 años fuera de los Estados Unidos en dicha empresa extrajera “afiliada” en capacidad administrativa o ejecutiva.

Para mantener el estatus de “no inmigrante” debes cumplir con los términos de tu visa existente y solicitar cualquier cambio antes que se venza la fecha reflejada en tu I-94. Si su I-94 no tiene una fecha sino que tiene las letras D/S (lo que se conoce como “duration of status” o duración del estatus), para un estudiante, entonces la aplicación para cambiar tu estatus debe radicarse antes de la fecha de vencimiento establecida en la I-20, o si recibiste aprobación para “practical training” o “entrenamiento práctico”, antes de la fecha de vencimiento de esta autorización de trabajo.

¿Cuánto dinero debo invertir para aplicar a una visa de categoría E?

No existe una cantidad de dinero establecida para la visa de categoría E. la inversion debe ser sustancial y apropiada para el tipo de negocio en el que va a incursionar. Un análisis del plan de negocio generalmente revelará si la inversión requerida es substancial. Esto debe ser revisado por un abogado de inmigración. Usted puede hacer una cita para una consulta llamando a nuestra oficina al (617) 523-6320 (ext. 0).

¿Cuánto tiempo debe de tener la compañía en existencia antes de poder patrocinarme para una Visa E?

La compañía estadounidense puede patrocinar su Visa E tan pronto ésta abra o exista.

Si tengo una Visa E, ¿puede mi esposa y/o hijo trabajar o estudiar en los Estados Unidos?

Si, como derivados de la Visa E, su esposa/o y/o hijos pueden estudiar en los Estados Unidos y pueden ser elegibles para una autorización de trabajo, lo que les permitirá trabajar en los Estados Unidos.

¿Cuánta ganancia debe generar la empresa para poder patrocinarme para la Visa E?

No hay una cantidad requerida de ganancias. No obstante, los ingresos netos o ganancia estimada para el futuro (en caso de una nueva empresa) deben ser suficientes para cubrir el salario de un alto ejecutivo en la compañía.

¿Puedo aceptar un empleo de otra compañía mientras estoy en una Visa E o L?

No, usted no puede trabajar para otro empleador mientras esta con la Visa E o L. sin embargo, usted puede aplicar para una visa diferente que le permitirá trabajar para una compañía diferente. Tenga en cuenta que debe esperar hasta que su nueva visa este aprobada antes de comenzar el empleo en la nueva compañía.

¿Existe algún tipo de limitaciones numéricas para la Visa E o L?

No existe ningún tipo de limitaciones numéricas para las Visas E o L.

Puedo transferir una Visa E o L a otra compañía?

No, usted no puede transferir una Visa E o L de una compañía a otra, por que esta visa es otorgada para trabajar con una empresa específica. La nueva empresa que lo quiere contratar debe aplicar para una nuevo estatus de visa para usted. Sin embargo, sería un situación muy inusual en la cual una persona pudiera aplicar para una nueva Visa L con una empresa diferente.

¿Cuántos trabajadores con Visa E pueden trabajar en los Estados Unidos para la misma compañía a la vez?

No existe un número límite de trabajadores que pueden tener una Visa E para una misma compañía, siempre y cuando ésta cumpla con los requisitos de la visa.

¿Cuál es mi estatus mientras que la aplicación para mi primera Visa E está en proceso?

Usted estará bajo el mismo estatus de su visa anterior hasta qué este expire, después del cual permanecerá presente en los Estados Unidos legalmente y “dentro de estatus” para el solo propósito de cambiar su estatus.

Si estoy aplicando para una Visa E o si ya tengo una Visa E, ¿qué estatus pueden obtener mis hijos y esposo/a?

Usted puede solicitar para ellos una visa derivada de su Visa E.

¿Pueden los familiares de una persona con Visa E trabajar o estudiar en los Estados Unidos?

Los esposos/as tienen autorización para trabajar y estudiar en los Estados Unidos. Sin embargo, los hijos no tienen autorización para trabajar (sólo para estudiar), excepto los hijos solteros y dependientes de un trabajador de una TECRO (Oficina Económico Cultural Representativa de Taiwán).

¿Cuál es el tiempo de vigencia de una Visa E? ¿Cuántas veces puedo renovarla?

Una Visa E generalmente es aprobada por 1 o 2 años si la aplicación es hecha en los Estados Unidos. Si la visa se solicita en un consulado Americano en el extranjero, esta puede ser aprobada por un tiempo mayor (generalmente hasta 5 años). No hay ninguna limitación en la renovación de las Visas E, por lo tanto, las pueden ser renovadas y extendidas indefinidamente, siempre y cuando se cumplan los requisitos de la visa.

¿Cuánto tiempo tengo para salir de los Estados Unidos cuando mi Visa E expira o mi compañía deja de existir?

No existe “tiempo de gracia” con las Visas E. Una persona que tiene una Visa E debe salir de los Estados Unidos tan pronto su visa expire o tan pronto se deje de cumplir con las condiciones o requisitos establecidos por la Visa E (por ejemplo, si mi inversión o compañía deja de existir.)

Testimonios

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