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Abogado para Visa L1 para Traslados Intracorporativos (L1-A/L-1B)

Tabla de Contenidos

    ¿Qué son las Visas L1?

    La visa L‑1 es una visa de trabajo de no inmigrante diseñada para empresas multinacionales que necesitan transferir empleados clave desde una oficina en el extranjero a una entidad relacionada en los Estados Unidos. Esta categoría de visa permite que los empleados que cumplan los requisitos trabajen en los Estados Unidos para una empresa matriz, subsidiaria, afiliada o sucursal de su empleador extranjero. Existen dos tipos principales de visas L‑1, según el rol del empleado:

     

    Visa L‑1A para Ejecutivos y Gerentes

    La visa L‑1A está disponible para empleados que desempeñarán funciones ejecutivas o gerenciales dentro de la organización en los Estados Unidos. Esta opción es especialmente beneficiosa para los líderes de alto nivel, ya que ofrece un camino más directo hacia la residencia permanente sin requerir una certificación laboral.

     

    Visa L‑1B para Empleados con Conocimientos Especializados

    La visa L‑1B está destinada a empleados que poseen conocimientos especializados sobre los productos, servicios, sistemas o procesos propietarios de la empresa. Aunque los titulares de la visa L‑1B pueden solicitar la residencia permanente, generalmente se les requiere completar el proceso de certificación laboral como parte de la solicitud de la tarjeta de residencia (green card).

     

    Beneficios Clave de la Visa L‑1

    Una de las principales ventajas de la visa L‑1 es que no está sujeta a un límite anual, lo que significa que no existe un tope en la cantidad de visas L‑1 que pueden emitirse cada año. Además, los empleadores patrocinadores no están obligados a obtener una determinación de salario prevaleciente ni a presentar documentación ante el Departamento de Trabajo de los Estados Unidos.

    Los titulares de la visa L‑1 también cuentan con la posibilidad de doble intención, lo que les permite solicitar la residencia permanente legal mientras mantienen un estatus válido de no inmigrante. Esto convierte a la visa L‑1 en una opción estratégica para profesionales que planean un futuro a largo plazo en los Estados Unidos.

     

    Procesamiento Premium para Peticiones de Visa L‑1

    Para los empleadores y empleados que buscan una adjudicación más rápida, el procesamiento premium está disponible para las peticiones L‑1 presentadas dentro de los Estados Unidos. Al pagar una tarifa adicional de presentación gubernamental, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) garantiza una respuesta dentro de los 15 días hábiles posteriores a la recepción de la petición.

    Una respuesta bajo el procesamiento premium puede incluir una aprobación, una denegación o una solicitud de evidencia adicional (RFE). Aunque el procesamiento premium no garantiza la aprobación, puede reducir significativamente la incertidumbre y los retrasos en el procesamiento.

     

    Trabaje con un Abogado Experimentado en Visas L‑1

    Los procesos de las visas L‑1 y L‑2 pueden ser legalmente complejos y requerir una gran cantidad de documentación. Trabajar con un abogado experimentado en visas L‑1 puede ayudar a garantizar el cumplimiento de los requisitos de USCIS, fortalecer su petición y evitar retrasos innecesarios.

    Comuníquese hoy con nuestro bufete de abogados de inmigración para conocer cómo podemos asistir con solicitudes de visas L‑1, procesamiento premium y estrategias de residencia permanente para empresas multinacionales y sus empleados.

     

    ¿Quién es elegible para las Visas L-1A y L-1B?

    Empleados que estén siendo transferidos de una compañía extranjera, subsidiaria, sucursal, afiliada o matriz de una compañía estadounidense:

    • Que tengan un conocimiento y capacidad especializados o una posición ejecutiva o de gerencia y
    • Que hayan sido empleados por lo menos 1 año continuo durante los últimos 3 años, con la compañía extranjera subsidiaria, sucursal, afiliada o matriz de la compañía estadounidense que está aplicando por ellos.

    Un abogado con experiencia en Visas L1 puede ayudarle a evaluar si usted ese legible para la Visa -1A o L-1B y tramitar todo el proceso para una mayor posibilidad de éxito.

    ¿Cuál es la duración de las Visas L-1A y L-1B?

    Las Visas L-1 pueden ser otorgadas por un periodo inicial hasta de 3 años. La Visa L-1 A puede ser renovada por un máximo de 7 años y la L-1B por un máximo de 5 años. Cualquier tiempo que el extranjero pase bajo una Visa H-1 cuenta hacia ese máximo permitido.

    Sin embargo, para los extranjeros bajo la Visa L-1 A, si después del periodo de 7 años, el empleado reside por lo menos un año completo en el exterior, la cuenta comienza de nuevo y se le otorgarían otros 7 años bajo el estatus de L-1 A. No existe tiempo límite para extranjeros que residan intermitentemente en los Estados Unidos, o por un total agregado de 6 meses o menos por año.

    ¿Puede una Visa L‑1 ser Extendida o Renovada?

    La visa L‑1 puede renovarse o extenderse después de su período inicial de 3 años, en incrementos de 2 años, hasta un máximo de 7 años en el caso de la visa L‑1A, o un máximo de 5 años en el caso de la visa L‑1B.

    Beneficios Familiares de la Visa L‑1

    Los cónyuges y los hijos solteros menores de 21 años de los titulares de una visa L‑1 pueden calificar como dependientes bajo una visa L‑2. Los dependientes de un titular de visa L‑1 están autorizados a vivir y estudiar en los Estados Unidos sin necesidad de obtener permisos adicionales. Además, el cónyuge de un titular de una visa L puede solicitar autorización de empleo para trabajar en los Estados Unidos.

    ¿Qué documentos se necesitan para solicitar una visa L?

    La siguiente documentación suele ser necesaria para una petición de visa L:

    Información sobre la compañía solicitante:

    • Artículos de organización de las empresas afiliadas extranjeras y estadounidenses
    • Folletos de la empresa con descripciones y direcciones
    • Número de empleados de las compañías matriz y afiliada
    • Estados financieros tanto de la afiliada en EE. UU. como de la extranjera
    • Documentación mostrando evidencia de conexión entre las compañías afiliadas
    • Cartas de apoyo del empleador
    • Título del extranjero, descripción detallada de la posición incluyendo habilidades especiales relevantes
    • Salario y beneficios ofrecidos
    • Nombre y cargo de la persona quien firmará la petición

    Información del empleado extranjero:

    • Copia del pasaporte del beneficiario
    • Copia de la visa Americana y el formulario I-94 (si el extranjero ya se  encuentra dentro de los Estados Unidos)
    • Currículum o historial laboral del extranjero
    • Diplomas y certificados académicos del extranjero
    • Recibos de nómina y declaraciones de impuestos del beneficiario extranjero mostrando al menos un año de empleo, dentro de los últimos 3 años, con la compañía afiliada extranjera.

    ¿Cuál es el procedimiento para una petición de visa L‑1A y L‑1B?

    Primera Etapa:

    Obtener la documentación como evidencia en apoyo de la petición de visa L‑1.

    También podemos ayudar a empresas pequeñas a establecer una compañía afiliada en los Estados Unidos si es necesario, lo cual incluye los siguientes pasos:

    • Solicitud ante la Secretaria de Estado
    • Solicitud para obtener el número de identificación de impuestos del IRS

    Segunda Etapa:

    Preparar y presentar la petición ante el Servicio de Inmigración de los Estados Unidos, junto con las tarifas correspondientes del USCIS para el formulario I‑129.

    Tercera Etapa:

    Obtener la aprobación de la petición L‑1 por parte del Servicio de Inmigración de los Estados Unidos. Los tiempos de procesamiento del USCIS para peticiones de visas L‑1 y L‑2 suelen variar entre 30 y 90 días, dependiendo del centro de servicio que maneje el caso y de la complejidad de la solicitud. En algunos casos, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos puede emitir una Solicitud de Evidencia (RFE) para requerir documentación adicional que respalde la petición.

    Si se emite un RFE, nuestro bufete de inmigración trabaja estrechamente con los clientes para reunir el material requerido y preparar una respuesta legal completa, que incluya análisis detallados y argumentos jurídicos adaptados a los requisitos del USCIS. Aunque responder a un RFE puede extender el tiempo total de procesamiento, una respuesta bien elaborada es fundamental para aumentar las probabilidades de aprobación.

    Una revisión adicional por parte del USCIS también puede incrementar los costos legales totales, dependiendo del alcance y volumen de la documentación suplementaria necesaria. Cualquier posible cambio en los honorarios se discute de manera transparente con los clientes por adelantado.

    (Nota: El Congreso ha ordenado al Servicio de Inmigración de Estados Unidos a establecer un proceso para revisar y realizar acciones sobre las aplicaciones L de no-inmigrantes, dentro de los 30 días después de la fecha en que la aplicación ha sido completada, no obstante, el Servicio de Inmigración de Estados Unidos raramente puede cumplir con este requisito).

    Debido a que el proceso de solicitud de visas L‑1 y L‑2 implica estándares legales complejos y una amplia documentación, trabajar con un abogado estadounidense especializado en inmigración empresarial puede ayudar a reducir demoras, responder eficazmente a las solicitudes de información del gobierno y garantizar el cumplimiento en cada etapa del proceso.

    Comunícate con nuestra oficina para conocer cómo nuestros abogados de inmigración laboral en Boston pueden asistir con peticiones de visa L‑1, visas L‑2 para dependientes, RFEs y estrategias de procesamiento ante USCIS.

    Responsabilidades del empleador que patrocina una Visa L‑1

    El empleador que patrocina una visa L‑1 es responsable de cumplir con los términos de la visa L‑1, incluido mantener el salario prometido y el puesto del titular de la visa L‑1. Además, el empleador de la visa L‑1 debe cumplir con los requisitos que se indican a continuación.

    Requisitos del empleador patrocinador para visas L‑1

    Para patrocinar con éxito a un empleado para una visa L‑1 de transferencia dentro de la misma empresa, tanto el empleador en los Estados Unidos como la empresa extranjera deben cumplir con requisitos específicos de elegibilidad establecidos por el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS).

    Relación que califica entre empresas de EE. UU. y empresas extranjeras

    La empresa patrocinadora en EE. UU. debe ser un negocio en operación activa que tenga una relación corporativa que califique con el empleador extranjero. Esta relación puede estructurarse como una empresa matriz, subsidiaria, afiliada o sucursal, y debe demostrar propiedad o control común entre las entidades.

    Tanto la empresa en EE. UU. como la compañía en el extranjero deben continuar realizando actividades comerciales durante toda la duración del empleo L‑1 del trabajador en los Estados Unidos.

    Prueba de operaciones comerciales continuas

    USCIS requiere evidencia convincente de que ambas entidades están plenamente operativas. La documentación común incluye declaraciones de impuestos, estados financieros, registros de nómina y listas de empleados que demuestren actividades comerciales activas que generen ingresos.

    En situaciones donde la documentación tradicional no está disponible o es limitada, pueden utilizarse formas alternativas de evidencia. Nuestros abogados de inmigración empresarial en Boston han guiado con éxito a clientes a través del proceso L‑1 presentando estrategias de evidencia personalizadas adaptadas a modelos de negocio y estructuras operativas únicas.

    Requisitos de la Visa L‑1 para nueva oficina

    Si la empresa en EE. UU. ha sido establecida por menos de un año, el empleado aún puede calificar para una visa L‑1 de “nueva oficina”. Las solicitudes de nueva oficina requieren documentación adicional, incluida la prueba de un espacio de oficina arrendado, planes de negocio y evidencia de que la entidad en EE. UU. tiene la capacidad de respaldar un puesto ejecutivo, gerencial o de conocimiento especializado.

    Las aprobaciones L‑1 de nueva oficina se otorgan inicialmente por hasta un año, en lugar del período estándar de tres años disponible para empresas establecidas en EE. UU. Se pueden solicitar extensiones una vez que el negocio demuestre operaciones sostenidas y crecimiento.

    ¿Cuántos empleados puede tener un empleador con Visas L‑1?

    No existe un límite numérico de visas L‑1 que un empleador pueda patrocinar. Sin embargo, debido a la naturaleza de la visa (ejecutivos, gerentes y empleados con conocimiento especializado), lo más probable es que el gobierno aplique un estándar de razonabilidad.

    ¿Pueden mis familiares obtener estatus migratorio legal si estoy solicitando una Visa L‑1?

    Los cónyuges e hijos de los titulares de una visa L‑1 pueden obtener estatus L‑2, lo que les permite vivir, estudiar y trabajar en los EE. UU. Para trabajar legalmente en los EE. UU., los titulares de la visa L‑2 deben solicitar y obtener una tarjeta de autorización de empleo y renovarla según sea necesario antes de su fecha de vencimiento.

    ¿Cuáles son los costos de presentación del Servicio de Inmigración USCIS en los Estados Unidos para una Visa L-1?

    La visa L-1 requiere el pago de la tarifa de presentación de USCIS para una petición I-129. Además, si deseas solicitar el procesamiento premium, deberás pagar la tarifa de presentación para el formulario I-907.

    Verifica las tarifas de presentación de USCIS para los formularios mencionados anteriormente, ya que cambian regularmente.

    ¿Qué sucede con mi estatus migratorio si mi solicitud de visa L-1 es denegada?

    El impacto de una denegación de visa L-1 en tu estatus migratorio depende de tu ubicación actual y del estatus de tu visa al momento en que se emite la decisión.

    Si te encuentras físicamente en los Estados Unidos y continúas teniendo un estatus válido de no inmigrante —como H-1B, F-1 u otra clasificación de visa aprobada— permanecerías en estatus legal a pesar de la denegación de la L-1, ya que la denegación no cancela tu visa existente.

    Sin embargo, si tu estatus previo de no inmigrante ha expirado y la petición L-1 era tu única base para permanecer en los Estados Unidos, podrías ser considerado fuera de estatus a partir de la fecha de la denegación. Esto puede tener consecuencias migratorias serias, incluyendo la necesidad de salir de los EE. UU. de manera inmediata o explorar otras opciones legales.

    Debido a que una denegación de visa L-1 puede afectar beneficios migratorios futuros y tu elegibilidad, es fundamental consultar con un abogado experimentado en inmigración laboral en los Estados Unidos para revisar la denegación, evaluar tu estatus actual y determinar si existe la posibilidad de presentar una moción para reabrir, apelar, volver a presentar la solicitud o considerar una opción de visa alternativa.

    Si tienes preguntas sobre una denegación de visa L-1 o sobre cómo mantener un estatus migratorio legal, comunícate con nuestro bufete de abogados de inmigración en Boston para recibir orientación personalizada.

    ¿Cuáles son los honorarios de nuestros abogados de inmigración en Boston para solicitar las Visas L-1A o L-1B?

    Obtén más información sobre los honorarios legales de nuestro bufete de abogados de inmigración en Boston.

    Testimonios

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    el realmente sabe lo que te está hablando.

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    Los recomiendo ampliamente

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    Son un buen equipo muy profecionales y conocedores de las Leyes de Inmigracion.

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    Daniel R.

    Es el mejor!

    Siempre estubo solucionando todas las preguntas que tenia sobre mi caso, siempre me dio confianza antes de el habia acudido a dos abogados que no hicieron nada y lo que hacian lo hacian mal, pero el abogado David pudo sacar mi residencia permanente en estados unidos se lo agradesco infinitamente y siempre lo recomendare ya sea con un familiar o amigo.

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    Me gusta mucho esta compañía

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    James K.

    Sin duda alguna los recomiendo por ser muy profesionales en su trabajo.

    Excelente Equipo de abogados.. son lo que uno busca responsabilidad, compromiso y sobre todo un orden excelente en tu proceso. Llevo mi proceso con ellos, específicamente con Lic Pamela Fuentes y me han demostrado ser un excelente equipo de trabajo. Todo lo que uno necesita para sentirse cómodo en su proceso migratorio. Sin duda alguna los recomiendo por ser muy profesionales en su trabajo. Adelante y Dios los bendiga siempre

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    Karol S.

    100% eficientes

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    Zulia O.

    Me siento feliz por haberlos elegido.

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    Karol S.

    Profesional, responsable y honesto.

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    Me siento feliz por haberlos elegido.

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    Karol S.

    Profesional, responsable y honesto.

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    Zulia O.