Como negocio o empresa, independientemente de su tamaño, es posible que deba llenar una vacante de empleo o puesto con un empleado talentoso que resida en otro país. Para lograr esto, debe solicitar la visa de no inmigrante o de inmigrante adecuada en nombre del empleado que pretende contratar.
Estados Unidos ofrece diversas visas que permiten a trabajadores extranjeros ocupar puestos específicos y residir y trabajar legalmente en el país, ya sea por un periodo limitado en el caso de una visa de no inmigrante o de forma permanente mediante una visa de inmigrante o una solicitud de residencia basada en el empleo. En cualquier caso, nuestros abogados especializados en inmigración empresarial pueden ayudarle a determinar la solicitud de visa más adecuada para su futuro empleado.
Además, nuestros abogados pueden ayudar a su empresa a preparar de manera efectiva sus solicitudes de visa de inmigrante y/o de no inmigrante basadas en empleo. Estas peticiones a menudo presentarán diferentes desafíos para la empresa y nuestros abogados experimentados en inmigración empresarial pueden ayudarlo a abordar estos desafíos, ya sea evaluando descripciones de trabajo, identificando el título de trabajo más apropiado o el código SOC para un puesto, brindando asesoramiento sobre la manera óptima en cual cumplir con los requisitos obligatorios de contratación, y gestionar el proceso de principio a fin para obtener una aprobación.
Visas Americanas que Nuestros Abogados de Inmigración Comercial pueden Ayudar a los Empleadores a Obtener
Nuestros abogados de inmigración empresarial tienen experiencia ayudando a los empleadores a obtener todo tipo de visas estadounidenses de no inmigrantes para extranjeros que vienen de manera temporal por un período de tiempo o propósito específico. Las solicitudes de visa de no inmigrante con las que podemos ayudar a las empresas incluyen visas H-1B, E (E-1, E-2), L, O, P, TN y R. Nuestros abogados de inmigración comercial también pueden ayudar con las visas derivadas correspondientes para los familiares inmediatos del beneficiario principal de las visas antes mencionadas.
En FitzGerald Law Company, trabajamos en estrecha colaboración con los empleadores para identificar y minimizar posibles problemas y resolverlos antes de preparar sus solicitudes y la documentación de respaldo. Esto nos ayudará a asegurarnos de que su caso esté preparado de manera óptima para obtener su aprobación y hará que la experiencia sea menos estresante y menos lenta para usted y su empresa.
Visas H-1B (Para Empleados Profesionales)
Una visa H-1B permite que una empresa contrate a una persona extranjera con al menos una licenciatura universitaria o su equivalente en experiencia laboral para trabajar en los Estados Unidos, si el puesto que ocupará el extranjero requiere dicha preparación y el empleador acepta pagarle a la salario prevaleciente para dicho puesto en el lugar de empleo.
Bajo una visa H-1B, la persona tendrá estatus de no inmigrante, lo que significa que no residirá permanentemente en los Estados Unidos. Sin embargo, la persona puede solicitar la residencia permanente posteriormente. Esto es apropiado para alguien que tiene una oferta de trabajo especializada en los EE. UU. que requiere una licenciatura o su equivalente en experiencia laboral relevante.
Visas E (Para Inversionistas y Comerciantes)
Las categorías de visa E-1 y E-2 fueron diseñadas para dar efecto a los tratados de comercio e inversión entre los Estados Unidos y naciones extranjeras, brindando beneficios recíprocos a los ciudadanos de las naciones que firman dicho tratado. El Departamento de Estado de Estados Unidos publica una lista de los países con los que EE. UU. tiene un tratado que prevé una visa E-1, una visa E-2 o ambas. Esencialmente, estas visas E facilitan la interacción comercial entre los Estados Unidos y otros países con los que tiene tratados.
Las visas E-1 y E-2 también se pueden otorgar a los empleados de una empresa calificada que se desempeñen en las funciones de un ejecutivo o de un supervisor, o sea un empleado que tenga calificaciones especiales que sean esenciales para la operación eficiente del negocio. conforme a 8 CFR § 214.2(e)(3). El empleado debe tener la misma nacionalidad que el titular principal de la visa E-1 o E-2 y al menos el 50 por ciento de la propiedad de la entidad debe ser de personas en los Estados Unidos que tengan la nacionalidad del país del tratado y mantengan estatus de visa E-1 / E -2, o quienes, si no están en los Estados Unidos, serían clasificados como comerciantes de tratados o inversionistas de tratados.
Nuestros abogados de inmigración comercial pueden ayudarlo a determinar si su empresa cumple con los requisitos para solicitar una visa E-1 / E-2.
Visas E-1 (para Comerciantes)
Se puede emitir una visa E-1 a personas que son ciudadanos de una nación que tiene un tratado comercial con los Estados Unidos, si vienen a los Estados Unidos únicamente para realizar o participar en un comercio sustancial, que no se limita al comercio de productos o mercancías, pero también incluye el comercio de servicios o de tecnología. Como se indicó anteriormente, la Visa E-1 también se puede emitir a un trabajador esencial de conformidad con la regulación 8 CFR § 214.2(e)(3). Además, el comercio, sin embargo, debe ser principalmente entre los Estados Unidos y el país extranjero del cual el individuo es un nacional.
“Sustancial” con referencia al comercio para una Visa E-1, significa comercio que involucra numerosas transacciones que hayan comenzado antes de la presentación de la solicitud E-1. El comercio es “principalmente” entre los EE. UU. y el país extranjero calificado, significa que al menos el 50 % del monto total del comercio realizado por el solicitante de la Visa E-1, su empresa o empleador, debe ser entre los Estados Unidos y la nación del tratado.
Visas E-2 (para invertir y hacer negocios en los Estados Unidos)
La Visa E-2 para Inversionistas por Tratado permite a los ciudadanos de países que mantienen un tratado de comercio y navegación con Estados Unidos ingresar y trabajar en el país mediante la inversión de una cantidad sustancial de capital en un negocio estadounidense. Esta visa está diseñada para empresarios e inversionistas que desean desarrollar y dirigir una empresa en la que ya han invertido o en la que están activamente en proceso de invertir.
En FitzGerald Law Company, nuestros abogados de Visa E-2 cuentan con amplia experiencia ayudando a inversionistas a establecer o expandir sus negocios en Estados Unidos y a cumplir con los complejos requisitos legales de esta categoría de visa.
¿Qué se Considera una Inversión “Sustancial”?
El Departamento de Estado de Estados Unidos determina qué se considera una inversión “sustancial” según la naturaleza específica del negocio. No existe una cantidad fija en dólares; en cambio, depende de:
- El costo total de comprar o establecer el negocio; y
- La proporción de la inversión en relación con lo que normalmente se requiere para ese tipo de empresa.
En resumen, la inversión debe ser lo suficientemente significativa como para demostrar el compromiso financiero del inversionista y garantizar el funcionamiento exitoso del negocio.
El Negocio No Debe Ser Marginal
Para calificar para una Visa E-2, el negocio no puede considerarse “marginal”. Esto significa que la empresa debe tener la capacidad actual o futura de:
- Generar ingresos superiores a los necesarios para proporcionar un nivel de vida mínimo al inversionista y a su familia; o
- Generar crecimiento económico u oportunidades de empleo en Estados Unidos.
Los negocios que existen únicamente para generar los ingresos personales necesarios para mantener al inversionista o que no tienen un verdadero potencial de expansión no cumplirán con este requisito.
Requisitos para que una Inversión Califique
Una inversión E-2 debe involucrar fondos o activos comprometidos e irrevocables que estén en riesgo con el propósito de generar ganancias. Para calificar, las inversiones deben:
- Destinarse a una empresa comercial real y activa, y no a una inversión especulativa o inactiva;
- Tener un impacto económico positivo en Estados Unidos; y
- Demostrar que el inversionista controla y dirige los fondos.
Las inversiones pasivas, como fondos no comprometidos en cuentas bancarias, bienes raíces residenciales o inversiones que no estén vinculadas a un negocio activo, no califican. Del mismo modo, no se permiten préstamos garantizados por los activos del negocio en el que se está realizando la inversión.
¿Quién Puede Solicitar una Visa E-2?
La Visa E-2 puede otorgarse a:
- El inversionista principal, que viaja a Estados Unidos para desarrollar y dirigir el negocio; o
- Un empleado esencial, cuyas funciones ejecutivas, de supervisión o habilidades especializadas sean fundamentales para el éxito de la empresa.
Los trabajadores ordinarios, ya sean calificados o no calificados, no reúnen los requisitos para obtener el estatus E-2.
Ya sea que desee iniciar un nuevo negocio en Estados Unidos, expandir uno existente o traer personal esencial al país, nuestro equipo puede ayudarle a preparar un caso sólido para la aprobación de su Visa E-2 y guiarle durante cada etapa del proceso.
Visas L-1 (para Transferidos dentro de una Empresa)
Las visas L-1 son visas de trabajo de no inmigrante para un puesto ejecutivo o gerencial (L-1A) o empleados en una capacidad de conocimiento especializado (L-1B), que están siendo transferidos de una empresa extranjera a una filial, subsidiaria o sucursal de Estados Unidos, o matriz de la empresa extranjera. El ejecutivo, gerente o empleado debe haber estado trabajando con la empresa extranjera durante un año de los últimos tres años antes de que se presente la solicitud de visa ante USCIS. La empresa estadounidense puede ser una nueva entidad que el ejecutivo, gerente o empleado extranjero está por abrir.
No hay límites para la cantidad de visas L-1 que el Servicio de Inmigración de Estados Unidos puede emitir por año, y las empresas solicitantes no tienen que obtener una aprobación de salario prevaleciente ni presentar ningún documento ante el Departamento de Trabajo.
Los titulares de la visa L-1 pueden tener doble intención, la intención de regresar a su país como no inmigrante o la intención de permanecer en los Estados Unidos como residente permanente legal, lo que les permite solicitar la residencia permanente legal al mismo tiempo que la solicitud para la visa L.
Los titulares de visas L-1A, ejecutivos o gerentes no necesitan obtener una certificación laboral para solicitar la residencia permanente, sin embargo, la mayoría de los titulares de visas L-1B generalmente requerirán una Certificación Laboral aprobada por el Departamento de Trabajo de los Estados Unidos para calificar para estatus como Residente Permanente Legal a través de su empleo.
Nuestros abogados de inmigración empresarial pueden ayudarlo a solicitar la visa que sea más apropiada para su situación.
Visas O (para Inmigrantes con Habilidades Excepcionales)
Una Visa O es una visa de no inmigrante que USCIS puede otorgar a una persona que tiene habilidades o logros extraordinarios en las áreas de la ciencia, arte, educación, negocios y atletismo (O-1A), o que ha tenido un logro extraordinario en cine o televisión y haya recibido reconocimiento nacional o internacional (O-1B). Esto requiere evidencia de que el individuo ha obtenido un nivel de experiencia que indique que se ha elevado a la cima de su campo a nivel mundial. Se puede emitir una visa O-2 a las personas que acompañen al titular de la visa O-1 durante el tiempo que estén en los Estados Unidos, y también se puede otorgar una visa O-3 al cónyuge e hijos solteros menores de 21 años.
Visas TN (para Profesionales Mexicanos y Canadienses)
Las visas TN permiten que los ciudadanos canadienses y mexicanos en ciertas profesiones sean admitidos a los Estados Unidos para trabajar para uno o más empleadores de manera temporal.
Las profesiones que califican para una visa TN se especifican en el acuerdo NAFTA (Tratado de Libre Comercio de América del Norte–TLCAN) e incluyen científicos, ingenieros, enfermeras, dentistas, arquitectos, contadores, farmacéuticos, terapeutas, economistas, abogados, nutricionistas, veterinarios y maestros (ver lista de profesiones que califican para la visa TN).
La mayoría de las profesiones elegibles para TN identificadas por el TLCAN requieren un título de licenciatura como mínimo y la experiencia no reemplaza el título, si este es requerido. Para algunas profesiones, es posible que se requiera experiencia además del título de licenciatura (ver la lista de profesiones con requisitos mínimos de educación y credenciales alternativas—Apéndice 1603.D.1 del Capítulo 16 del TLCAN).
Las visas TN pueden extenderse indefinidamente en incrementos de hasta 3 años, siempre y cuando el empleado aún tenga el trabajo y haya mantenido su estatus de no inmigrante. El proceso para obtener el estatus TN puede ser diferente si la persona es ciudadana canadiense o mexicana.
Visas R (para Ocupaciones Religiosas)
Una visa R es para no ciudadanos que vienen a los EE. UU. temporalmente para trabajar a tiempo parcial como ministro o en una vocación u ocupación religiosa. Para calificar, un no inmigrante debe estar empleado por una de las tres categorías de organizaciones religiosas que se enumeran a continuación:
- Una organización religiosa sin fines de lucro en los Estados Unidos
- Organización religiosa que está autorizada por un titular de exención de impuestos de grupo para usar su exención de impuestos de grupo
- Una organización sin fines de lucro afiliada a una denominación religiosa en los Estados Unidos
La persona patrocinada debe haber sido miembro de una denominación religiosa con una organización religiosa sin fines de lucro de buena fe en los EE. UU. durante al menos dos años inmediatamente antes de presentar la petición, y debe estar calificado para el puesto que se ofrece.
Si la persona patrocinada es empleada de una institución religiosa, nuestros abogados de inmigración comercial de Boston pueden ayudar a su organización a solicitar una visa R.
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Caso de éxito de un cliente: Visa E-2 aprobada para un CEO que expande una filial en Estados Unidos
Un cliente de Escocia comparte su experiencia trabajando con FitzGerald Law Company para obtener una visa E-1 de comerciante por tratado y establecer su propio negocio en los Estados Unidos. Habla sobre cómo afrontó el proceso de inmigración estadounidense y su colaboración con el abogado de inmigración Desmond P. FitzGerald durante la tramitación de su visa E-1.
Caso de éxito de un cliente: Visa E-2 aprobada para un CEO que expande una filial en EE. UU.
Juan, ciudadano español y director ejecutivo de una empresa multinacional en expansión, había establecido una filial en Estados Unidos y deseaba ampliar sus operaciones manteniendo al mismo tiempo su relación con la empresa matriz española.
Descubra cómo FitzGerald Law Company le ayudó a elaborar el plan de negocios, las proyecciones financieras y la documentación de respaldo necesarios para su solicitud de visa de inversionista por tratado (E-2), a pesar de la limitada trayectoria operativa de la filial estadounidense.
Finalmente, su visa E-2 fue aprobada a través del consulado de los Estados Unidos en Madrid, lo que permitió a Juan y a su familia trasladarse a los Estados Unidos.
Lea la historia de éxito sobre la visa E-2.
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