Nuestros Abogados con Experiencia en Perdones I-212 Pueden Ayudarle a Obtener Permiso para Volver a Solicitar Admisión a EE. UU. Después de una Deportación o Remoción.
Una deportación o remoción previa puede impedir que una persona regrese a Estados Unidos, incluso cuando tenga una petición familiar aprobada, una posible oportunidad de empleo u otra base legal para solicitar una Visa de Inmigrante.
El Formulario de Inmigración I-212, Solicitud de Permiso para Volver a Solicitar Admisión a Estados Unidos Después de una Deportación o Remoción, puede permitir que ciertas personas superen una causal de inadmisibilidad derivada de su deportación o remoción. La solicitud se conoce comúnmente como perdón I-212 o perdón por deportación, aunque su nombre legal más preciso es permiso para volver a solicitar admisión.
En FitzGerald Law Company, nuestros abogados para el perdón I-212 en Boston ayudan a personas y familias a determinar si se requiere el Formulario I-212, identificar el procedimiento de presentación correcto y preparar pruebas que respalden un ejercicio favorable de discreción.
Descubra Si Necesita un Perdón I-212
El tipo de orden de remoción, la fecha de salida, cualquier intento posterior de reingreso y el beneficio migratorio que busca pueden influir en si el Formulario I-212 es necesario.
Nuestros abogados de inmigración en Boston pueden revisar su historial de deportación/remoción y explicar los pasos legales que podrían estar disponibles.
Programe una Consulta sobre el Perdón I-212 con un Abogado de Inmigración con Experiencia aquí , o Llame Hoy al 617-523-6320.
Atendemos a clientes en Massachusetts, en todo Estados Unidos y a nivel internacional.
¿Qué Es un Perdón I-212?
El Formulario I-212 se utiliza para aplicar para un permiso para solicitar admisión después de deportaciones, exclusiones, remociones o reingresos ilegales previos. USCIS identifica el Formulario I-212 como la solicitud utilizada por personas inadmisibles conforme a INA § 212(a)(9)(A) o INA § 212(a)(9)(C) que necesitan consentimiento para volver a solicitar admisión antes de poder regresar legalmente a Estados Unidos.
La aprobación de un I-212 no crea por sí sola un estatus migratorio. En cambio, aborda un obstáculo legal específico causado por una remoción previa o por ciertas conductas ocurridas después de una remoción o un período de presencia ilegal.
Lo Que el Formulario I-212 No Hace
La aprobación de una solicitud I-212 no hace automáticamente lo siguiente:
- Emitir una visa de inmigrante o no inmigrante;
- Otorgar la residencia legal permanente;
- Autorizar la entrada mientras la solicitud está pendiente;
- Perdonar la presencia ilegal conforme a INA § 212(a)(9)(B);
- Perdonar causales de inadmisibilidad relacionadas con fraude, delitos, salud o documentos;
- Perdonar un problema de inadmisibilidad que no sea una orden de remoción o deportación; ni
- Garantizar la admisión en un aeropuerto, frontera u otro puerto de entrada de EE. UU.
Una persona puede tener más de una causal de inadmisibilidad además de una orden de remoción o deportación. La política de USCIS reconoce que un solicitante puede necesitar tanto el Formulario I-212 como otra solicitud de perdón por separado cuando existe una remoción o un reingreso ilegal previo junto con otra causal que admite perdón.
Comparación del Perdón I-212 con Otros Perdones Migratorios
El Formulario I-212 a veces se confunde con los Formularios I-601, I-601A e I-192. Estas solicitudes de perdón abordan problemas migratorios diferentes.
| Formulario | Propósito Principal |
| Formulario I-212 | Pide permiso para solicitar admisión después de ciertas deportaciones, remociones o reingresos ilegales |
| Formulario I-601 | Solicita un perdón para ciertas causales de inadmisibilidad penales, por fraude, presencia ilegal, salud u otras |
| Formulario I-601A | Solicita un perdón provisional para cierta inadmisibilidad por presencia ilegal antes de que un solicitante elegible de visa de inmigrante salga de Estados Unidos |
| Formulario I-192 | Solicita permiso anticipado para que ciertos no inmigrantes inadmisibles entren temporalmente a Estados Unidos |
Nota: El Formulario I-601A se limita a cierta inadmisibilidad por presencia ilegal conforme a INA § 212(a)(9)(B). No reemplaza una solicitud I-212 cuando el solicitante también tiene una causal por remoción previa que requiere consentimiento para volver a solicitar admisión. En ciertas situaciones, USCIS puede exigir prueba de un Formulario I-212 aprobado en un caso I-601A.
¿No Está Seguro de Si Necesita el Formulario I-212, el Formulario I-601 o Ambos?
Presentar la solicitud incorrecta, o no abordar todas las causales de inadmisibilidad aplicables, puede retrasar el caso y dejar al solicitante sin posibilidad de obtener una visa.
Permita que nuestros abogados de inmigración evalúen la remoción previa, el historial de presencia ilegal, los antecedentes penales y el proceso migratorio propuesto antes de presentar una solicitud.
Solicite una Revisión de Estrategia de Perdón con Uno de Nuestros Abogados de Perdones Migratorios al 617-523-6320 o Prográmela en Línea Hoy.
¿Quién Puede Necesitar el Formulario I-212?
Una persona puede necesitar un perdón I-212 después de haber sido:
- Removida mediante remoción expedita en un aeropuerto, frontera o puerto de entrada;
- Removida o Deportada después de una orden emitida por un juez de inmigración;
- Deportada o excluida conforme a procedimientos migratorios que existían antes del sistema actual de remoción;
- Removida de Estados Unidos más de una vez;
- Removida después de una condena por delito grave agravado;
- Removida y posteriormente haber entrado o intentado entrar sin admisión legal;
- Haber acumulado presencia ilegal en Estados Unidos durante más de un año en total y luego haber entrado o intentado entrar sin ser admitido; o
- Encontrarse fuera de Estados Unidos después de salir mientras estaba vigente una orden de remoción.
La cuestión determinante no es simplemente si la persona describe el hecho como una “deportación”. El expediente migratorio debe establecer qué tipo de orden se emitió, cuándo salió la persona, si se ejecutó la orden y si posteriormente entró o intentó entrar a Estados Unidos sin autorización.
Por ejemplo, una persona puede recordar que se le permitió “dar la vuelta” en la frontera, mientras que los registros gubernamentales clasifican el incidente como una remoción expedita o deportación. Otra persona puede creer que una antigua orden de remoción ya no importa, aunque una entrada ilegal posterior haya creado una causal adicional de inadmisibilidad.
¿Durante Cuánto Tiempo Puede una Remoción o Deportación Impedir que Alguien Regrese?
La duración de la prohibición relacionada con la remoción depende del tipo de orden y del historial migratorio posterior de la persona.
| Historial Migratorio | Posible Período de Inadmisibilidad |
| Ciertas remociones expeditas o procedimientos iniciados cuando la persona llegó a Estados Unidos | 5 años |
| Otras órdenes de remoción o salida mientras estaba vigente una orden de remoción | 10 años |
| Una segunda remoción o una remoción posterior | 20 años |
| Remoción de una persona condenada por un delito grave | Inadmisible en cualquier momento, salvo que se conceda permiso para volver a solicitar admisión |
| Entrada ilegal o intento de reingreso después de determinada presencia ilegal o una orden de remoción | Frecuentemente llamada prohibición permanente; la mayoría de los solicitantes deben permanecer fuera de Estados Unidos durante más de 10 años antes de pedir consentimiento para volver a solicitar admisión |
INA § 212(a)(9)(A) establece períodos de 5, 10 y 20 años para distintas categorías de remoción previa. También dispone que la prohibición relacionada con la remoción se aplica en cualquier momento a una persona removida después de una condena por delito grave, salvo que el gobierno conceda consentimiento para volver a solicitar admisión.
INA § 212(a)(9)(C) se aplica cuando una persona acumuló en total más de un año de presencia ilegal, o recibió una orden de remoción, y luego entró o intentó entrar a Estados Unidos sin ser admitida. Para la mayoría de los solicitantes conforme a esta disposición, el consentimiento para volver a solicitar admisión no está disponible hasta que hayan permanecido fuera de Estados Unidos durante más de 10 años después de su última salida.
Debido a que una sola salida, intento de entrada o encuentro fronterizo puede cambiar la ley aplicable, el análisis para una solicitud de exención I-212 debe comenzar con una cronología migratoria completa y específica por fechas.
Conozca Qué Prohibición de Reingreso se Aplica a Su Caso
La diferencia entre una prohibición de 5, 10 o 20 años, o conforme a INA § 212(a)(9)(C), puede determinar si una persona puede solicitar el perdón ahora o si primero debe permanecer fuera de Estados Unidos durante un período obligatorio.
Una revisión legal específica del caso puede ayudar a evitar una presentación prematura o no disponible legalmente.
Programe una Cita Ahora para Revisar Su Elegibilidad para el Perdón I-212,
o Llame al 617-523-6320.
¿Quién Califica para un Perdón I-212?
A diferencia de los casos de perdón I-601 y perdón I-601A, no existe un requisito para tener un familiar calificante para el Formulario I-212.
Por lo general, un solicitante debe demostrar que:
- Una remoción previa o causal de reingreso ilegal hace necesario el permiso para volver a solicitar admisión;
- El Formulario I-212 está legalmente disponible para esa causal;
- Se ha cumplido cualquier período de espera obligatorio aplicable;
- La solicitud se presenta ante la agencia gubernamental correcta;
- La persona tiene una base legal viable para solicitar una visa, admisión o estatus de Residente Legal Permanente; y
- Los factores positivos justifican un ejercicio favorable de discreción.
Un cónyuge, padre, madre o hijo ciudadano estadounidense o residente legal permanente puede ser una parte importante de un caso I-212. Las relaciones familiares y las dificultades pueden tener un peso discrecional significativo, pero tener un familiar ciudadano estadounidense no establece automáticamente elegibilidad ni garantiza la aprobación.
Para una persona sujeta a INA § 212(a)(9)(C), el momento de presentación es especialmente importante. USCIS solicita que los solicitantes del Formulario I-212 en esa categoría aporten pruebas de la remoción o entrada ilegal, la última salida y el período obligatorio de presencia física fuera de Estados Unidos.
El Análisis Legal de Dos Partes en un Caso I-212
Un caso I-212 debidamente preparado debe responder dos preguntas distintas.
1. ¿Qué Tipo de Orden de Remoción u Orden de Deportación Existe?
El primer paso para determinar si una persona es elegible para presentar una solicitud para la excención I-212 es evaluar qué tipo de Orden de Remoción o Deportación tiene y si existe una prohibición para su reingreso:
- INA § 212(a) tiene períodos obligatorios de remoción de 5 años para Órdenes de Remoción In Absentia que no pueden ser perdonados mediante una solicitud I-212
- INA § 212(a)(9) contiene prohibiciones de reingreso que harían inútil una solicitud I-212
- Identificar si existen otras disposiciones de inadmisibilidad que el Formulario I-212 no resuelve.
Deben revisarse los registros gubernamentales, no solo los recuerdos del solicitante. Esto puede requerir copias de la orden de remoción, registros fronterizos, decisiones del tribunal de inmigración, registros de entradas y salidas, solicitudes anteriores y documentos obtenidos mediante solicitudes FOIA (Freedom of Information Act por sus siglas en Inglés) conforme a la Ley de Libertad de Información.
2. ¿Cuál Es la Vía Legal del Solicitante para Regresar a Estados Unidos?
Un Formulario I-212 aprobado solo es útil cuando el solicitante tiene, o está buscando, una base legal válida para admisión.
Esa vía puede incluir:
- Una visa de inmigrante basada en familia (petición de residencia permanente);
- Una visa de inmigrante o petición de residencia basada en empleo;
- Una visa para prometido o prometida (Visa K) ;
- Ajuste de estatus, cuando esté legalmente disponible;
- Alivio migratorio mediante VAWA, visa T o visa U;
- Una visa temporal de no inmigrante de EE. UU.; o
- Viaje de no inmigrante exento de visa en una categoría que permita el proceso de presentación aplicable.
El beneficio migratorio subyacente y las circunstancias procesales del solicitante determinan si USCIS, CBP o un juez de inmigración tiene jurisdicción sobre la solicitud I-212. USCIS declara expresamente que no puede adjudicar una solicitud que deba presentarse ante CBP o la Oficina Ejecutiva para la Revisión de Casos de Inmigración.
¿Cómo Decide el Gobierno Si Aprueba una Solicitud I-212?
El Formulario I-212 es una solicitud discrecional. Cumplir los requisitos básicos de presentación no obliga a USCIS, CBP ni a un juez de inmigración a aprobar la solicitud.
USCIS pide a los solicitantes que presenten pruebas sobre factores favorables y desfavorables. El gobierno evalúa el expediente completo y determina si las consideraciones positivas superan las infracciones migratorias anteriores y otras conductas negativas del solicitante.
Factores Favorables en un Caso I-212
Según las circunstancias, las pruebas positivas pueden incluir:
- Relaciones estrechas con familiares ciudadanos estadounidenses o residentes legales permanentes;
- Dificultades emocionales, médicas, económicas o de cuidado para los familiares;
- Un período significativo sin infracciones migratorias adicionales;
- Aceptación de responsabilidad por la conducta pasada;
- Pruebas de rehabilitación después de un delito;
- Empleo estable o propiedad de un negocio;
- Pago constante de impuestos federales y estatales;
- Cumplimiento de la manutención de menores y otras obligaciones ordenadas por un tribunal;
- Logros educativos o vocacionales;
- Trabajo voluntario, participación religiosa o servicio comunitario;
- Una razón legítima e importante para regresar;
- Elegibilidad para una visa de inmigrante o no inmigrante;
- Antecedentes de apoyo a familiares; y
- Pruebas que demuestren que es poco probable que el solicitante infrinja la ley estadounidense en el futuro.
Factores Negativos que el Gobierno Puede Considerar en un Caso de Perdón I-212
Los factores potencialmente desfavorables en un caso I-212 pueden incluir:
- Infracciones migratorias repetidas;
- Reingreso ilegal después de una remoción;
- Conducta delictiva reciente o grave;
- Fraude o declaraciones falsas hechas a funcionarios de inmigración;
- Incumplimiento de una salida voluntaria u orden de remoción;
- Múltiples remociones o intentos de entrada;
- Revelaciones incompletas o contradictorias;
- Impuestos u obligaciones de manutención de menores impagos;
- Rehabilitación insuficiente;
- Una razón débil o especulativa para solicitar admisión; y
- Causales de inadmisibilidad sin resolver.
Una solicitud sólida debe abordar directamente los hechos desfavorables. Omitir una remoción, un arresto, un intento de entrada, un alias o una presentación migratoria anterior puede dañar la credibilidad y crear problemas más graves que el hecho original.
Presente la Historia Completa de Su Caso
Una solicitud I-212 persuasiva no debe ignorar los hechos desfavorables. Debe explicar el historial migratorio y documentar la rehabilitación, las responsabilidades familiares, el empleo, el cumplimiento tributario, los vínculos comunitarios y otros factores positivos.
Nuestro equipo legal puede ayudar a organizar estos hechos en una petición I-212 clara, creíble y respaldada por pruebas para obtener permiso para volver a solicitar admisión a EE. UU. después de una deportación.
Programe Aquí una Cita para hablar sobre cómo podemos ayudarle a preparar su caso para el perdón I-212 o llame al 617-523-6320 para hablar con uno de los integrantes de nuestro equipo.
¿Qué Pruebas Deben Incluirse con el Formulario I-212?
Una presentación eficaz del I-212 normalmente contiene mucho más que el formulario gubernamental completado. Los materiales de respaldo deben documentar el historial legal, reconocer los hechos adversos y explicar por qué el solicitante merece permiso para volver a solicitar admisión.
USCIS pide específicamente a los solicitantes que proporcionen documentos sobre cada procedimiento de exclusión, deportación o remoción iniciado en su contra, prueba de las relaciones familiares pertinentes, pruebas relacionadas con INA § 212(a)(9)(C) cuando corresponda y documentación de factores favorables y desfavorables.
Registros de Inmigración y Remoción
Los documentos pertinentes pueden incluir:
- Órdenes finales de exclusión, deportación o remoción;
- Decisiones de jueces de inmigración;
- Decisiones de la Junta de Apelaciones de Inmigración;
- Documentación de remoción expedita;
- Notificaciones de Comparecencia;
- Ordenes de ejecución de remoción;
- Ordenes de salida voluntaria;
- Registros de entrevistas fronterizas;
- Rechazos de visa anteriores;
- Páginas de pasaporte y registros de entrada o salida;
- Registros de intentos de entrada;
- Copias de solicitudes migratorias anteriores; y
- Registros migratorios obtenidos mediante solicitudes FOIA.
La Declaración Personal del Solicitante
Una declaración detallada debe ofrecer un relato franco y cronológico de:
- Entradas a Estados Unidos y salidas del país;
- Solicitudes y procedimientos migratorios;
- Las circunstancias que llevaron a la remoción;
- Intentos de entrada o entradas posteriores;
- Antecedentes penales, cuando corresponda;
- El efecto de la separación familiar;
- Rehabilitación y cambios de circunstancias; y
- La razón actual para solicitar admisión.
La declaración no debe minimizar ni omitir hechos que ya consten en los registros gubernamentales.
Pruebas de Familia y Dificultades
Según el caso, los documentos de respaldo pueden incluir:
- Certificados de matrimonio y nacimiento;
- Prueba de ciudadanía estadounidense o residencia legal permanente;
- Expedientes médicos;
- Evaluaciones psicológicas;
- Estados financieros;
- Pruebas de responsabilidades de cuidado;
- Registros escolares o de educación especial;
- Pruebas de separación familiar; y
- Declaraciones de familiares.
Aunque el Formulario I-212 por lo general no exige un familiar calificante por ley, las dificultades familiares aún pueden ser un factor favorable considerable.
Pruebas de Rehabilitación y Buena Conducta
Cuando un caso implica conducta delictiva o infracciones migratorias repetidas, las pruebas pueden incluir:
- Resoluciones certificadas de tribunales penales;
- Registros de cumplimiento de libertad condicional o bajo palabra;
- Registros de tratamiento o terapia;
- Pruebas de recuperación por consumo de sustancias;
- Certificados educativos o vocacionales;
- Cartas de empleadores, terapeutas, líderes religiosos o miembros de la comunidad;
- Declaraciones de impuestos y registros de empleo;
- Prueba de pagos de manutención de menores; y
- Pruebas de cumplimiento sostenido de la ley.
Prueba que Demuestran Más de 10 Años Fuera de Estados Unidos
Una persona que solicita consentimiento conforme a la excepción de INA § 212(a)(9)(C) generalmente necesita pruebas extensas que demuestren más de 10 años fuera de Estados Unidos después de la última salida.
USCIS identifica los siguientes ejemplos:
- Sellos de entrada y salida en pasaportes extranjeros;
- Pasajes aéreos o recibos de viaje;
- Registros de residencia en el extranjero;
- Facturas de servicios públicos;
- Registros de empleo en el extranjero; y
- Otros documentos que demuestren residencia fuera de Estados Unidos.
Unos pocos registros aislados generalmente no son suficiente para establecer un historial continuo de 10 años. Una presentación más sólida normalmente utiliza varios tipos independientes de pruebas que cubren todo el período.
Pida a un Abogado de Inmigración que Revise Sus Pruebas de Respaldo Antes de Presentar una Solicitud para un Perdón (“waiver”) de Inmigración
Las decisiones sobre el Formulario I-212 son discrecionales y las declaraciones generales pueden no ser suficientes. La rehabilitación, el empleo, las dificultades familiares, el cumplimiento tributario, la residencia en el extranjero y la conducta lícita deben respaldarse con documentos creíbles siempre que sea posible.
Podemos revisar sus registros, identificar deficiencias probatorias y ayudarle a preparar un paquete para la solicitud del perdón I-212 organizado.
Programe Ahora una Consulta Legal sobre el I-212 o Llame al 617-523-6320.
El Proceso de Solicitud para el Perdón I-212 (“I-212 Waiver”)
El proceso exacto varía según la categoría migratoria del solicitante y la agencia ante la que se presenta, pero un caso I-212 normalmente incluye los siguientes pasos.
Paso 1: Reconstruir el Historial Migratorio
El solicitante y el abogado identifican todas las entradas, salidas, remociones, intentos de entrada, solicitudes de visa, procedimientos y períodos de presencia ilegal ante el tribunal de inmigración.
Paso 2: Obtener los Registros Necesarios
El solicitante puede necesitar registros de USCIS, CBP, ICE, el Departamento de Estado de Estados Unidos, EOIR, tribunales penales y otras agencias.
Paso 3: Identificar Cada Causal de Inadmisibilidad
El análisis legal debe determinar si el Formulario I-212 es la única solicitud requerida o si la persona también necesita el Formulario I-601, I-601A, I-192 u otra forma de alivio.
Paso 4: Determinar la Agencia Correcta para la Presentación
Según las circunstancias, la solicitud puede presentarse ante USCIS, CBP o el tribunal de inmigración.
Paso 5: Preparar el Formulario y las Pruebas de Respaldo
La solicitud debe incluir el formulario requerido, la explicación legal, la declaración personal, los registros de remoción, las pruebas de factores favorables y la documentación que aborde las circunstancias negativas.
Paso 6: Presentar la Solicitud y la Tarifa Requerida
El solicitante debe seguir las instrucciones vigentes sobre la dirección de presentación, la edición del formulario, la tarifa y el método de pago aplicables a la agencia con jurisdicción.
Paso 7: Responder a las Solicitudes del Gobierno
El gobierno puede solicitar registros adicionales, datos biométricos, aclaraciones u otras pruebas antes de emitir una decisión.
Paso 8: Recibir la Decisión
Si se aprueba la solicitud, el solicitante puede continuar con el proceso subyacente de visa, admisión o ajuste. La aprobación del Formulario I-212 no garantiza la aprobación del beneficio migratorio por separado.
¿Puede Presentarse el Formulario I-212 Antes de Salir de Estados Unidos?
En ciertas circunstancias, una persona cuya salida ejecutará una orden de remoción vigente puede solicitar permiso anticipado para volver a solicitar admisión. Conforme al reglamento aplicable, esa aprobación está condicionada a que la persona salga satisfactoriamente. El permiso anticipado no cubre un nuevo procedimiento de remoción iniciado después de haberse concedido el permiso. Consulte 8 C.F.R. § 212.2(j).
La presentación anticipada depende en gran medida de cada caso. No elimina la regla general de que la mayoría de las personas sujetas a INA § 212(a)(9)(C) deben permanecer fuera de Estados Unidos durante más de 10 años después de su última salida antes de poder solicitar consentimiento para volver a solicitar admisión.
Una solicitud I-212 aprobada también puede ser pertinente para ciertos solicitantes de un perdón provisional I-601A por presencia ilegal. USCIS incluye la notificación de aprobación del Formulario I-212 entre los documentos que pueden exigirse en un caso I-601A cuando corresponda.
Salir de Estados Unidos puede ejecutar una orden de remoción o activar una inadmisibilidad adicional. Una persona con una orden de remoción debe obtener un análisis legal completo antes de salir.
Antes de Salir de Estados Unidos, Comprenda las Consecuencias
La salida puede ejecutar una orden de remoción vigente o activar un período de inadmisibilidad. La presentación anticipada del I-212 solo está disponible en ciertos casos y no elimina todas las consecuencias de salir de Estados Unidos.
Obtenga asesoramiento legal específico para su caso antes de hacer arreglos de viaje internacional o procesamiento consular. Programe una Consulta Legal Previa a la Salida con un Abogado de Perdones I-212 o Llame al 617-523-6320 y un integrante del equipo podrá ayudarle.
¿Dónde se Presenta el Formulario I-212?
El lugar correcto de presentación depende del beneficio migratorio solicitado, la ubicación del solicitante, la categoría de visa y si el caso está ante USCIS, CBP o un juez de inmigración.
USCIS indica a los solicitantes que utilicen las instrucciones vigentes de presentación directa de la agencia y advierte que no puede decidir solicitudes que deban presentarse ante CBP o EOIR.
Presentación del Perdón I-212 ante USCIS
USCIS puede tener jurisdicción cuando el Formulario I-212 está relacionado con:
- Una solicitud de visa de inmigrante;
- Ciertas clasificaciones de visa K, T, V o de Visa U;
- Ajuste de estatus;
- Beneficios relacionados con VAWA; u
- Otro beneficio especificado en las instrucciones del formulario.
Presentación del Perdón I-212 ante CBP
Ciertos solicitantes pueden presentar mediante el sistema e-SAFE de CBP o un procedimiento autorizado en un puerto de entrada. USCIS identifica este proceso para algunos no inmigrantes exentos de visa y ciertos solicitantes de visa de no inmigrante cuyas solicitudes de perdón son tramitadas por CBP.
Presentación del Perdón I-212 en el Tribunal de Inmigración
Cuando una persona se encuentra en procedimientos de remoción y un juez de inmigración tiene jurisdicción sobre la solicitud relacionada, pueden aplicarse procedimientos especiales de presentación y pago ante el tribunal.
Las agencias de presentación no son intercambiables. Enviar el Formulario I-212 al lugar equivocado puede provocar un rechazo, retraso o una determinación de que la agencia receptora carece de jurisdicción.
Confirme la Agencia Correcta para Presentar el Perdón I-212 Antes de Pagar la Tarifa de Presentación
USCIS, CBP y los tribunales de inmigración no tienen autoridad intercambiable sobre las solicitudes del Formulario I-212.
Nuestros abogados de perdones migratorios pueden identificar la vía de presentación adecuada según su ubicación, orden de remoción, categoría migratoria y procedimientos actuales.
Llame hoy al 617-523-6320 para Recibir Ayuda o Programe una Consulta Confidencial sobre el I-212 con Uno de Nuestros Abogados de Perdones Migratorios con Experiencia.
¿Cuánto Cuesta un Perdón I-212?
La calculadora de tarifas de USCIS es el mejor recurso para verificar la tarifa de presentación vigente del Formulario I-212, ya que estas tarifas pueden cambiar en cualquier momento. Además, el Código de Reglamentos Federales establece que el descuento por presentación en línea no se aplica cuando el Formulario I-212 se presenta ante CBP.
Conozca los honorarios legales de nuestro bufete para la excención I-212 y otros servicios de inmigración. Además de las tarifas gubernamentales, los procedimientos de pago, las ediciones de formularios y las direcciones de presentación cambian periódicamente y deben verificarse inmediatamente antes de presentar cualquier solicitud.
Los gastos adicionales de un caso de perdón I-212 pueden incluir:
- Traducciones certificadas;
- Solicitudes de registros migratorios;
- Registros certificados de tribunales penales;
- Evaluaciones médicas o psicológicas;
- Documentación del historial de viajes;
- Informes de expertos; y
- Tarifas relacionadas con la visa o solicitud migratoria subyacente.
¿Cuánto Tarda una Solicitud del Perdón I-212?
No existe un único período de procesamiento para todas las solicitudes del perdón I-212.
El tiempo puede depender de:
- Si USCIS, CBP o un juez de inmigración tiene jurisdicción;
- El lugar de presentación;
- El historial migratorio del solicitante;
- Las verificaciones de antecedentes o seguridad requeridas;
- Si faltan registros gubernamentales;
- Solicitudes de pruebas adicionales;
- Si se está adjudicando otro perdón; y
- La complejidad de la orden de remoción previa o el historial de reingreso ilegal.
Los solicitantes no deben tomar decisiones irreversibles sobre viajes, empleo o procesamiento consular basándose únicamente en un plazo de procesamiento estimado. La información vigente y específica de la agencia debe revisarse antes de presentar la solicitud y mientras la solicitud permanezca pendiente.
Errores Comunes en las Solicitudes I-212
Presentar el Formulario I-212 Cuando se Requiere un Perdón Diferente
El Formulario I-212 aborda causales específicas de remoción y reingreso ilegal. No reemplaza el Formulario I-601, I-601A, I-192 ni otros recursos.
No Obtener el Expediente Completo de Remoción
Una remoción expedita, una orden de un juez de inmigración, una salida voluntaria y una salida mientras una orden está vigente pueden producir consecuencias legales diferentes.
Presentar Demasiado Pronto Conforme a INA § 212(a)(9)(C)
La mayoría de los solicitantes sujetos a esta disposición no pueden pedir consentimiento para volver a solicitar admisión hasta haber permanecido fuera de Estados Unidos durante más de 10 años después de la última salida.
Omitir un Intento de Entrada
Un intento de reingreso puede ser legalmente significativo incluso cuando la persona no cruzó la frontera con éxito.
Presentar la Solicitud I-212 ante la Agencia Equivocada
USCIS, ICE, CBP y EOIR tienen distintas áreas de jurisdicción y no todas pueden aceptar un Formulario I-212.
Enfocarse Únicamente en las Dificultades Familiares
Las dificultades familiares pueden ser importantes, pero la solicitud también debe abordar el historial de remoción, el reingreso ilegal, la conducta delictiva, el fraude, la rehabilitación y otras circunstancias pertinentes.
Ignorar Causales Adicionales de Inadmisibilidad
La aprobación del I-212 puede no ayudar si una causal no resuelta relacionada con fraude, delitos, presencia ilegal, salud u otra cuestión aún impide la admisión.
Presentar Conclusiones sin Documentación
Las declaraciones sobre rehabilitación, empleo, pago de impuestos, residencia en el extranjero, obligaciones familiares o buena conducta deben respaldarse con pruebas confiables.
Salir sin Comprender las Consecuencias
Salir de Estados Unidos puede ejecutar una orden de remoción o activar otra disposición de inadmisibilidad.
Evite Presentar una Solicitud de Perdón (“waiver”) que No Resuelva el Problema Real
Incluso una petición I-212 cuidadosamente redactada puede no ayudar si se presenta demasiado pronto, se envía a la agencia equivocada o no aborda otra causal de inadmisibilidad.
Una revisión legal antes de presentar cualquier solicitud puede identificar problemas que, de otro modo, podrían ocasionar rechazo, denegación o inelegibilidad para una visa.
¿Por Qué Trabajar con un Abogado de Perdones I-212?
Los casos I-212 suelen involucrar múltiples agencias gubernamentales y un historial complicado de entradas, salidas, órdenes de remoción e intentos de reingreso.
Un abogado de inmigración puede ayudar a determinar:
- Qué causal legal se aplica;
- Si se ha cumplido el período de espera requerido y la evidencia lo respalda;
- Si es necesario otro perdón;
- Si una antigua orden de deportación debe impugnarse por separado;
- Qué agencia tiene jurisdicción;
- Si puede estar disponible el permiso anticipado;
- Qué hechos negativos deben abordarse;
- Qué pruebas respaldan la rehabilitación y un ejercicio favorable de discreción; y
- Cómo encaja el Formulario I-212 en la estrategia completa de visa o inmigración.
En FitzGerald Law Company, nuestros abogados de inmigración en Boston preparan solicitudes I-212 con énfasis en la precisión legal, la revelación completa de información relevante, el respaldo documental y una explicación clara de por qué el solicitante merece permiso para volver a solicitar admisión.
Dé el Siguiente Paso: Hable con un Abogado con Experiencia en Perdones I-212 en Boston, MA
Obtenga un análisis específico de su caso sobre su remoción previa, historial migratorio y posible vía para regresar a Estados Unidos.
Programe una Consulta sobre la Exención I-212 con Uno de Nuestros Abogados de Inmigración o Llame al 617-523-6320 para Recibir Ayuda.
La consulta no garantiza elegibilidad ni aprobación. Cada caso de inmigración se evalúa según sus hechos particulares y la ley aplicable.






