Abogados de Asilo en Boston, MA

Nuestros abogados de asilo en Boston tienen más de 30 años de experiencia ayudando a personas y familias a obtener protección mediante solicitudes de asilo afirmativo, entrevistas de asilo con USCIS y casos de asilo defensivo ante la Corte de Inmigración.

Cómo Navegar el Proceso de Asilo: La Experiencia Cuenta Cuando Su Futuro Está en Juego

Obtener Asilo en Estados Unidos puede ser una de las decisiones más importantes que tome una persona o familia. Sin embargo, el proceso de asilo exige analizar cuidadosamente las pruebas para determinar si se cumplen los requisitos, preparar solicitudes detalladas con la documentación de respaldo adecuada, cumplir plazos estrictos de presentación y satisfacer exigentes requisitos de evidencia.

Ya sea que busque protección por opinión política, religión, nacionalidad, raza o pertenencia a un grupo social particular, comprender el proceso de asilo es fundamental. Trabajar con un abogado de asilo experimentado o un abogado de inmigración para casos de asilo puede ayudar a los solicitantes a evitar errores comunes y garantizar que todas las pruebas de respaldo disponibles se presenten correctamente.

En FitzGerald Law Company, nuestros abogados de inmigración tienen tres décadas de experiencia ayudando a refugiados y solicitantes de asilo a buscar protección en Estados Unidos, tanto de manera afirmativa ante USCIS como defensiva ante la Corte de Inmigración.

Nuestro bufete es multicultural y multilingüe, y muchos integrantes de nuestro equipo han vivido personalmente el proceso migratorio, por lo que comprendemos de primera mano los desafíos particulares que enfrentan los inmigrantes en Estados Unidos.

Estamos comprometidos a brindar soluciones legales efectivas y personalizadas, adaptadas a las circunstancias y metas de cada cliente; este compromiso está arraigado en los valores de nuestro bufete. Mediante una defensa estratégica, resolución creativa de problemas, perseverancia y atención al detalle, trabajamos para ayudar a nuestros clientes a lograr el mejor resultado posible, asegurándonos de que se sientan informados, apoyados y respetados durante todo el proceso legal. Ya sea que necesite ayuda para evaluar su elegibilidad para asilo, preparar una solicitud de asilo, reunir pruebas de respaldo, obtener un permiso de trabajo por asilo o prepararse para una entrevista de asilo, nuestro equipo está aquí para ayudarle. Llame al 617-523-6320 o programe en línea una consulta confidencial con uno de nuestros abogados de inmigración y asilo en Boston, Massachusetts.

Vea: Cómo Funciona la Protección de Asilo en Estados Unidos

En este video de tres minutos, el abogado Desmond FitzGerald explica quién califica para solicitar asilo en Estados Unidos, los principales beneficios del asilo, los requisitos probatorios y varios asuntos importantes que los solicitantes deben comprender antes de presentar su solicitud.

Datos Clave Sobre el Asilo

  • El asilo puede brindar protección a personas que pertenecen a un grupo protegido y que han sufrido persecución o tienen un temor fundamentado de persecución en su país de origen o en el país donde residían.
  • Por lo general, una solicitud de asilo debe presentarse dentro del año siguiente a la última llegada del solicitante a Estados Unidos, aunque pueden aplicarse excepciones.
  • Los casos de asilo pueden tramitarse afirmativamente ante USCIS o defensivamente ante la Corte de Inmigración, según las circunstancias del solicitante.
  • Una persona con una solicitud de asilo pendiente puede ser elegible para solicitar autorización de empleo después de que la solicitud lleve 150 días pendiente.
  • Las personas asiladas pueden permanecer en Estados Unidos indefinidamente y posteriormente podrían calificar para la residencia permanente legal Americana.

¿Quién Puede Calificar para Asilo en Estados Unidos?

Conforme a la ley de inmigración de Estados Unidos, el asilo es una protección humanitaria disponible para personas que no pueden regresar de manera segura a su país de origen o residencia porque han sufrido persecución o tienen un temor justificado de persecución futura. Es un estatus migratorio que generalmente solicitan personas que ingresan a Estados Unidos o que ya se encuentran físicamente en el país y que:

  • Pertenecen a un grupo identificable por su afiliación política, raza, religión, nacionalidad, orientación sexual o pertenencia a un grupo social particular;
  • Han sufrido daños, o temen razonablemente sufrir daños, de tal gravedad que constituyen persecución debido a su pertenencia a uno de los grupos antes identificados; y
  • Tienen evidencia de que la persecución ha sido o será cometida por el gobierno o por un grupo que el gobierno no puede o no quiere controlar.

El asilo está disponible para personas que han permanecido en Estados Unidos menos de un año o que califican para una excepción a la “regla de un año” y pertenecen a un grupo protegido elegible. En términos generales, esto significa que han sido o serán perseguidas por su gobierno, o por un grupo que su gobierno no controla, debido a su pertenencia a un partido político, raza, religión, género, grupo de orientación sexual, grupo social particular u otro grupo que califique.

Los familiares inmediatos (cónyuge e hijos solteros menores de 21 años en la fecha en que la solicitud queda registrada como presentada) pueden ser elegibles para el estatus de asilo y sus beneficios, como autorización de empleo, la posibilidad de vivir legalmente en Estados Unidos y la oportunidad de solicitar la residencia permanente legal, independientemente de que dichos familiares estén nombrados en la solicitud o se encuentren físicamente en Estados Unidos cuando esta se presente o apruebe.

Debido a que los casos de asilo dependen en gran medida de los hechos, determinar si una persona califica puede ser más complejo de lo que muchos solicitantes esperan. Un abogado de inmigración y asilo experimentado puede evaluar si las circunstancias y pruebas del solicitante cumplen los requisitos legales de protección, identificar la documentación necesaria para respaldar el reclamo y ayudar a preparar la solicitud más sólida posible.

Conozca cómo nuestros abogados de inmigración ayudaron a un hombre somalí a reabrir un antiguo caso de deportación, impugnar su detención migratoria y finalmente obtener asilo casi 20 años después de llegar a Estados Unidos, en esta historia exitosa de un cliente de asilo de FitzGerald Law Company.

¿Qué Otras Protecciones Pueden Estar Disponibles Si Usted No Califica para Asilo?

No todas las personas que temen regresar a su país califican para asilo. Sin embargo, en algunos casos, una persona que no puede obtener asilo todavía podría ser elegible para otra forma de protección contra la remoción, incluida la Suspensión de Remoción o la protección bajo la Convención contra la Tortura (CAT).

Suspensión de Remoción

La suspensión de remoción puede proteger a una persona de ser devuelta a un país donde sería lo más probable que su vida o libertad se vean amenazadas por su raza, religión, nacionalidad, opinión política o pertenencia a un grupo social particular.

Aunque el asilo y la suspensión de remoción están relacionados, no son lo mismo. Por lo general, la suspensión exige un estándar probatorio más alto que el asilo y ofrece menos beneficios migratorios.

Una persona a quien se concede la Suspensión de Remoción queda protegida contra su expulsión al país donde existe la amenaza que califica, pero esta protección no otorga por sí misma la residencia permanente legal ni protección derivada para el cónyuge o los hijos.

Protección Bajo la Convención contra la Tortura (CAT)

La protección bajo la Convención contra la Tortura puede estar disponible cuando una persona demuestra que lo más probable es que fuera torturada si no fuera removida a un país determinado, y que la tortura involucraría a un funcionario público u otra persona que actuara en calidad oficial, o se produciría con su consentimiento o aquiescencia.

A diferencia del asilo y la suspensión de remoción, un reclamo bajo CAT no exige que la tortura temida se base en raza, religión, nacionalidad, opinión política o pertenencia a un grupo social particular. Esta distinción puede hacer que la protección CAT sea especialmente importante cuando una persona enfrenta un riesgo extremo de daño, pero no puede demostrar el requisito de vínculo con un grupo protegido necesario para el asilo.

Por Qué Es Importante Evaluar Todas las Formas de Protección Disponibles

Por lo general, el asilo ofrece mayores beneficios cuando está disponible, entre ellos una posible vía hacia la residencia permanente legal y ciertos beneficios para familiares que califiquen. Sin embargo, un solicitante no debe suponer que perder la elegibilidad para asilo significa necesariamente que no exista otra protección contra la remoción.

Un abogado de inmigración experimentado puede evaluar los hechos del caso para determinar si debe considerarse el asilo, la suspensión de remoción, la protección CAT u otra forma disponible de alivio migratorio.

¿Pueden Mi Cónyuge y Mis Hijos Recibir Beneficios de Asilo?

El cónyuge que califique y los hijos solteros menores de 21 años del solicitante principal de asilo también pueden ser elegibles para recibir estatus de asilo derivado y beneficios relacionados, incluida la autorización para trabajar y la oportunidad de solicitar posteriormente una Green Card o residencia permanente legal en Estados Unidos.

Por lo general, existen dos formas en que un cónyuge o hijo que califique puede obtener el estatus de asilo derivado:

  1. Incluido como dependiente en el Formulario I-589 – Por lo general, un cónyuge o hijo soltero que califique puede incluirse como derivado en la solicitud de asilo del solicitante principal cuando el familiar se encuentra físicamente en Estados Unidos y está debidamente incluido en el caso. Para determinar si un hijo cumple el requisito de edad, las protecciones especiales de la Ley de Protección del Estatus del Menor pueden permitir que un hijo que tenía menos de 21 años cuando se presentó el Formulario I-589 siga siendo elegible aunque cumpla 21 años mientras la solicitud de asilo está pendiente.
  2. Formulario I-730 para un cónyuge o hijo después de concederse el asilo – Una vez concedido el asilo al solicitante principal, este generalmente puede presentar el Formulario I-730, Petición de Familiar de Refugiado/Asilado, para un cónyuge o hijo soltero que califique. Este proceso puede utilizarse para un familiar elegible que se encuentre dentro o fuera de Estados Unidos. Por lo general, el Formulario I-730 debe presentarse dentro de los dos años siguientes a la concesión del asilo al solicitante principal, aunque USCIS puede eximir el plazo de dos años por razones humanitarias.

Las circunstancias familiares pueden complicarse cuando ha habido matrimonio, divorcio, nuevas nupcias, un hijo está próximo a cumplir 21 años o cambia la ubicación de la familia mientras una solicitud de asilo está pendiente. Una planificación cuidadosa puede ayudar a determinar cuándo y cómo deben incluirse o solicitarse los familiares que califican.

¿Quién Es Elegible para una Excepción a la “Regla de Un Año” para Presentar una Solicitud de Asilo?

Aunque por regla general las solicitudes de asilo (Formulario I-589) deben presentarse dentro de un año desde la última llegada del solicitante a Estados Unidos, existen ciertas excepciones conforme a la Sección 208(a)(2)(B) de la INA. El permiso para presentar la solicitud “tarde” o después de un año suele denominarse Excepción a la Regla de Un Año, y pueden ser elegibles quienes demuestren:

  • Circunstancias modificadas que afecten sustancialmente su elegibilidad para asilo.
  • Circunstancias extraordinarias que hayan causado la demora.
  • Que eran menores extranjeros no acompañados, según la definición de la Sección 279(g) de la ley de inmigración.

¿Se aproxima el plazo de un año para presentar su solicitud de asilo o ya está ante la Corte de Inmigración? Llame al 617-523-6320 o programe en línea una consulta confidencial con uno de nuestros abogados de asilo en Boston, Massachusetts.

Tipos de Casos de Asilo

No todos los casos de asilo siguen el mismo camino en el sistema migratorio. Según las circunstancias, un solicitante puede tramitar asilo afirmativo o asilo defensivo.

Asilo Afirmativo

El asilo afirmativo generalmente se aplica cuando una persona se encuentra físicamente en Estados Unidos y no está actualmente en procedimientos de deportación o remoción. Los solicitantes presentan el Formulario I-589 ante USCIS. Después de presentar la solicitud, USCIS normalmente programa una entrevista de asilo en la que un oficial revisa la solicitud, las pruebas de respaldo y el testimonio.

Asilo Defensivo

El asilo defensivo ocurre cuando una persona solicita asilo como defensa contra la remoción o deportación de Estados Unidos. Estos casos generalmente se escuchan ante un juez de inmigración y pueden incluir audiencias adicionales, argumentos legales, testimonios de testigos y pruebas de respaldo. Debido a que los casos de asilo defensivo suelen plantear cuestiones legales complejas, muchos solicitantes deciden trabajar con abogados con experiencia en asilo durante todo el proceso.

Cómo Pueden Ayudar Nuestros Abogados de Asilo en Boston

Solicitar asilo implica mucho más que completar y presentar el Formulario I-589. Un caso de asilo bien preparado debe vincular claramente las experiencias del solicitante con los requisitos legales de protección, ofrecer un relato detallado y coherente de la persecución pasada o del daño futuro temido y presentar pruebas de respaldo creíbles.

En FitzGerald Law Company, nuestros abogados de inmigración y asilo en Boston ayudan a personas y familias a buscar protección mediante solicitudes de asilo afirmativo ante USCIS y casos de asilo defensivo ante la Corte de Inmigración. Según las circunstancias del caso, nuestros abogados pueden:

  • Revisar el historial migratorio del solicitante, los plazos de presentación y su posible elegibilidad para asilo;
  • Identificar el motivo protegido o la teoría legal que puede respaldar el reclamo de asilo;
  • Desarrollar una estrategia legal personalizada basada en las experiencias, el expediente migratorio, las pruebas disponibles y las metas del solicitante;
  • Preparar el Formulario I-589, Solicitud de Asilo y Suspensión de Remoción;
  • Redactar, revisar y reforzar declaraciones personales, declaraciones juradas y testimonios de testigos;
  • Identificar y organizar pruebas de respaldo, incluidos documentos de identidad, expedientes médicos, informes policiales, fotografías, comunicaciones, testimonios y materiales sobre las condiciones del país;
  • Evaluar si la solicitud, la declaración personal, las presentaciones migratorias anteriores, los documentos de respaldo y el testimonio están completos y son coherentes;
  • Preparar al solicitante para una entrevista de asilo con USCIS o una Audiencia Individual ante un juez de inmigración;
  • Anticipar preguntas difíciles, inquietudes probatorias y posibles debilidades del caso;
  • Responder a notificaciones o solicitudes de USCIS cuando corresponda; y
  • Representar al solicitante en procedimientos ante la Corte de Inmigración cuando sea necesario.

Aunque ningún abogado puede garantizar el resultado de un caso de asilo, una preparación minuciosa puede ayudar a que las experiencias, pruebas y argumentos legales del solicitante se presenten de la manera más efectiva posible.

Obtenga una Estrategia de Asilo Específica para Su Caso

La orientación legal temprana puede ayudar a los solicitantes a comprender las fortalezas y desafíos de sus casos, identificar pruebas faltantes o incompletas, cumplir plazos importantes, evitar errores prevenibles y presentar sus reclamos de forma clara y organizada.

Programe en línea una consulta confidencial con nuestros abogados de asilo en Boston o llame al 617-523-6320.

¿Qué Documentos Necesito para Solicitar Asilo en Estados Unidos?

La documentación es fundamental en una petición de asilo. La solicitud debe incluir pruebas que acrediten la pertenencia a un grupo que califica y la persecución pasada o la posibilidad de persecución futura por parte del gobierno o de un grupo que el gobierno no puede controlar. Normalmente, esto incluye tanto información del solicitante como documentación de respaldo de terceros.

Documentos de respaldo del solicitante de asilo:

  • Certificados de nacimiento u otra forma de identificación.
  • Certificado de matrimonio (si está casado).
  • Copia del pasaporte, si está disponible.
  • Copia del I-94 para las personas a quienes se les haya emitido uno.
  • Copia de la visa para las personas que ingresaron con una.
  • Documentos que acrediten la pertenencia a un grupo que califica.
  • Prueba de parentesco si se solicita para hijos menores de 21 años (certificados de nacimiento, expedientes escolares, etc.).
  • Declaraciones juradas que describan los problemas sufridos en el país de origen y por qué no pueden regresar allí.

La documentación de terceros que respalda la petición de asilo puede incluir:

  • Artículos periodísticos que documenten la persecución de una “clase de asilo”, si están disponibles.
  • Certificados de defunción de familiares y otros “miembros de la clase”, si corresponde.
  • Expedientes médicos que demuestren abusos contra los solicitantes de asilo, sus familiares u otros “miembros de la clase”.
  • Informes policiales que demuestren violencia contra los solicitantes, sus familiares u otros “miembros de la clase”.
  • Informes del Departamento de Estado de Estados Unidos sobre el país del solicitante de asilo.
  • Informes de derechos humanos que respalden la situación en el país del solicitante.
  • Prueba de pertenencia a una “clase de asilo” en el país de origen del solicitante (por ejemplo, si reclama asilo político, documentos que demuestren su afiliación actual al partido perseguido; si reclama asilo religioso, documentos que demuestren su pertenencia al grupo religioso perseguido, etc.).
  • Cualquier otro documento que demuestre la persecución de la “clase de asilo” del solicitante en su último país de residencia.

¿No Está Seguro de Tener Pruebas Suficientes?

Nuestros abogados pueden revisar las pruebas que ya tiene e identificar documentos adicionales, testigos o materiales sobre las condiciones del país que podrían respaldar el reclamo. Llame al 617-523-6320 o programe en línea una consulta confidencial con uno de nuestros abogados de asilo en Massachusetts.

Por Qué Es Importante la Documentación de Asilo

La documentación de respaldo sobre las experiencias personales del solicitante y las condiciones generales del país del que se busca protección es uno de los elementos más importantes de una solicitud de asilo exitosa. La Ley REAL ID, aprobada en 2005, codificó el requisito de que los solicitantes de asilo presenten documentación que corrobore sus reclamos, salvo que no pueda obtenerse razonablemente. Por lo tanto, las pruebas documentales son esenciales para demostrar elegibilidad.

Un abogado de asilo experimentado puede revisar los documentos existentes para determinar si aportan pruebas suficientes para un reclamo de asilo e identificar pruebas adicionales que podrían fortalecerlo. Un buen abogado de asilo también preparará minuciosamente a sus clientes para las preguntas que puedan surgir durante la entrevista.

Permisos de Trabajo por Asilo y el Cronómetro de 180 días para el EAD (Documento de Autorización de Empleo)

Una de las preguntas más comunes de los solicitantes de asilo es si pueden trabajar mientras su solicitud está pendiente.

Si no se ha tomado una decisión final (aprobación o denegación) sobre la petición de asilo, Formulario I-589, dentro de los 150 días contados desde la fecha registrada en la Notificación de Recibo, y el solicitante no ha causado ninguna demora, puede presentarse ante USCIS una solicitud para Autorización de Empleo (EAD o permiso de trabajo), Formulario I-765.

USCIS solo podrá aprobar el I-765 y emitir un permiso de trabajo si el I-589 ha permanecido pendiente, sin decisión final y sin demoras causadas por el solicitante, durante un total de 180 días.

Por lo tanto, normalmente se puede presentar la solicitud a los 150 días, pero la aprobación del permiso de trabajo o EAD no será emitida al menos  a los 180 días desde la presentación de la solicitud de asilo, es decir, en al menos 30 días adicionales.

Si el solicitante es responsable de una demora en el trámite de la solicitud de asilo, se detendrá el cómputo de 150 o 180 días, y los días no volverán a contarse hasta que se resuelva la causa de la demora. Por ejemplo, si se programó una cita biométrica y el solicitante pidió cambiarla, los días entre la fecha original y la fecha efectiva de la cita no contarán para la elegibilidad del permiso de trabajo a los 150 ni 180 días.

Obtener autorización de trabajo lo antes posible puede brindar beneficios importantes, entre ellos:

  • Un número de Seguro Social.
  • La capacidad de trabajar legalmente en Estados Unidos.
  • La capacidad de demostrar elegibilidad legal para trabajar ante empleadores, lo que puede dar acceso a beneficios laborales como seguro médico y desempleo, además de permitir el pago de impuestos y aportes al Seguro Social.
  • Mayor estabilidad económica mientras se espera una decisión sobre la solicitud de asilo.

Si la petición de asilo se aprueba antes del período de espera aplicable (150 días desde la presentación), por lo general no es necesaria una solicitud separada de autorización de empleo, ya que una persona asilada está autorizada por ley para trabajar en Estados Unidos. No obstante, puede resultarle más sencillo contar con el Documento de Autorización de Empleo (EAD) como identificación adicional para presentarlo a los empleadores.

Desafíos Comunes en el Proceso de Asilo

Cada caso de asilo es único. Mientras algunos solicitantes cuentan con amplia documentación para respaldar sus reclamos, otros enfrentan obstáculos importantes para reunir pruebas o demostrar la persecución.

Algunos de los desafíos más comunes incluyen:

  • No cumplir el plazo de presentación de un año.
  • Dificultad para obtener documentos del país de origen.
  • Pruebas limitadas de persecución.
  • Demostrar la pertenencia a un grupo protegido.
  • Inconsistencias entre las declaraciones escritas y el testimonio.
  • Cambios en las condiciones del país.
  • Demoras en el trámite por parte de las autoridades migratorias.

Debido a que los casos de asilo suelen exigir un análisis legal de los hechos detallado, los solicitantes deben buscar la ayuda de abogados de asilo experimentados desde el inicio del proceso, especialmente ante el porcentaje cada vez mayor de casos que son negados (el reconocido informe de inmigración de TRAC, del Transactional Records Access Clearinghouse de Syracuse University, informa que solo el 19,2% de las solicitudes de asilo fueron concedidas en agosto de 2025, frente al 38,2 % en agosto de 2024).

¿Qué Puede Impedir que una Persona Califique para Asilo?

Incluso cuando una persona ha sufrido persecución o tiene un temor genuino de regresar a su país, ciertas restricciones legales pueden impedir que reciba asilo. Estas se conocen comúnmente como prohibiciones de asilo.

Según los hechos del caso, las posibles prohibiciones o problemas de elegibilidad pueden incluir:

  • Presentar la solicitud de asilo más de un año después de la última llegada del solicitante a Estados Unidos sin calificar para una excepción;
  • Una solicitud de asilo anterior que fue negada, sujeta a las excepciones aplicables;
  • Reasentamiento firme en otro país antes de llegar a Estados Unidos;
  • Participación en la persecución de otra persona;
  • Ciertas condenas penales o conductas que impliquen un delito particularmente grave;
  • Pruebas de un delito grave no político cometido fuera de Estados Unidos;
  • Inquietudes de seguridad nacional; o
  • Ciertas actividades o asociaciones relacionadas con el terrorismo, o causales de inadmisibilidad vinculadas al terrorismo.

Determinar si una prohibición específica se aplica requiere un análisis legal exhaustivo. Por ejemplo, los antecedentes penales del solicitante deben revisarse cuidadosamente porque las consecuencias migratorias de un arresto o una condena pueden depender del delito, la resolución, la sentencia, el expediente subyacente y la forma particular de protección migratoria solicitada.

Del mismo modo, haber vivido u obtenido estatus legal en otro país antes de llegar a Estados Unidos no resuelve automáticamente si se aplica la prohibición de reasentamiento firme. Deben evaluarse las circunstancias de la residencia del solicitante y sus derechos legales en ese país.

Si le preocupa que una solicitud de asilo anterior, antecedentes penales, historial migratorio, residencia en otro país u otro asunto pueda afectar su elegibilidad, hable con un abogado de asilo experimentado antes de suponer que califica o no califica para protección.

Conozca cómo nuestros abogados de inmigración impugnaron la aplicación de la prohibición del perseguidor, ayudaron a un solicitante de asilo colombiano a superar una orden de remoción y finalmente le consiguieron protección de asilo en Estados Unidos.

La Importancia de la Representación Legal en Casos de Asilo

Una solicitud de asilo exitosa suele depender de la capacidad para explicar claramente las experiencias pasadas, presentar pruebas creíbles y demostrar elegibilidad conforme a la ley de inmigración de Estados Unidos.

Un abogado de inmigración y asilo experimentado puede ayudar a los solicitantes a:

  • Organizar las pruebas de respaldo.
  • Desarrollar una estrategia clara para el caso.
  • Prepararse para la entrevista de asilo.
  • Atender las inquietudes planteadas por funcionarios de inmigración; y
  • Navegar los procedimientos ante la Corte de Inmigración cuando sea necesario.

Para muchos solicitantes, trabajar con un abogado de inmigración calificado en asuntos de asilo ofrece orientación valiosa durante un proceso emocional y legalmente difícil. Los estudios muestran que la representación de un abogado aumenta sustancialmente la probabilidad de aprobación del asilo (un informe de inmigración de TRAC muestra que la representación multiplica por catorce la tasa de aprobación del asilo).

Programe en línea su consulta de asilo con uno de nuestros abogados de asilo experimentados o llame hoy a nuestra oficina para recibir ayuda para agendar su cita: 617-523-6320.

Proceso de Solicitud de Asilo Afirmativo

Etapa 1:

Reunir la información del solicitante y toda la documentación de respaldo. El tiempo requerido para completar esta etapa depende de su capacidad para obtener documentos y su nivel de participación en el caso, así como de los plazos legales aplicables, entre ellos el plazo de presentación de un año o la necesidad de presentar antes de que venza el estatus legal del solicitante.

Etapa 2:

Verificar el calendario de solicitudes de inmigración para asegurarse de presentar las solicitudes correctas dentro de los plazos de USCIS aplicables a su caso. Completar y presentar la solicitud de asilo (I-589), con toda la documentación requerida, conforme a las reglas. Debería recibirse una notificación de recibo de USCIS en aproximadamente 30 a 60 días.

Etapa 3:

USCIS debe programarle una cita biométrica en un Centro de Asistencia en Solicitudes de USCIS local o emitir una notificación indicando que no se requieren datos biométricos. Si ya proporcionó sus datos biométricos a USCIS, la agencia puede utilizar los que tiene en su sistema y eximir el requisito de presentarlos con la solicitud de asilo.

Etapa 4:

USCIS programará la fecha de una entrevista y emitirá una notificación (por lo general, se programa entre 45 y 900 días después de la fecha registrada en la notificación de recibo. El tiempo depende del calendario particular de la Oficina de Asilo local de USCIS responsable de realizar la entrevista).

Si la solicitud de asilo ha permanecido pendiente sin decisión durante al menos 150 días desde la fecha que figura en la notificación de recibo, y el solicitante no ha causado la demora, este puede solicitar autorización de trabajo mediante el Formulario I-765.

Si la petición de asilo se aprueba antes de los 150 días, puede presentarse inmediatamente una solicitud de autorización de empleo; sin embargo, no es necesario, ya que una persona asilada está autorizada por ley para trabajar en Estados Unidos. No se exige que tenga un Documento de Autorización de Empleo separado (tarjeta EAD).

Etapa 5:

Prepararse para la entrevista de asilo revisando y modificando, según sea necesario, el Formulario I-589, Solicitud de Asilo; preparando y organizando todos los documentos originales que deben presentarse; y practicando el testimonio y las respuestas a las preguntas anticipadas de la oficina de asilo. La preparación adecuada es necesaria, y la cantidad y duración de las sesiones dependerá de lo que exijan el caso y la situación del cliente.

Etapa 6:

Asistir a la entrevista en la Oficina de Asilo de USCIS. Presentar testimonio y documentación en respaldo de la solicitud y responder las preguntas del oficial de asilo.

Etapa 7:

Notificación de la decisión. Después de revisar la solicitud de asilo, el testimonio y las pruebas documentales presentadas, la Oficina de Asilo de USCIS emitirá una decisión. Esta puede ser una aprobación, una denegación (por ejemplo, si el solicitante tiene un estatus migratorio legal, como una visa de no inmigrante válida o residencia) o, en lugar de concederse, el caso puede ser “remitido” a un juez de inmigración ante la Corte de Inmigración, lo que permitirá revisar nuevamente la solicitud, pero dentro de un procedimiento de deportación/remoción.

Proceso de Asilo Defensivo en la Corte de Inmigración

Un caso de asilo se considera como defensivo cuando se presenta el formulario I-589 ante la Corte de Inmigración después de que esta ya ha iniciado un procedimiento de Remoción / Deportación

Etapa 1:

Reunir la información del solicitante y toda la documentación de respaldo. La participación y colaboración del cliente son fundamentales para obtener oportunamente los documentos necesarios, ya que debe prestarse especial atención a los plazos judiciales aplicables al caso.

Etapa 2:

Verificar los plazos aplicables, como el plazo de presentación de un año, un plazo estratégico como presentar antes de una Audiencia Maestra, o una fecha o límite específico fijado por la Corte de Inmigración, para garantizar que la Corte acepte las presentaciones. Completar y presentar la solicitud de asilo (I-589), con toda la documentación requerida y conforme a las reglas de la Corte. Entregar una copia a la Oficina del Abogado Principal y solicitar datos biométricos, si corresponde.

Etapa 3:

USCIS debe programar una cita biométrica en un Centro de Asistencia en Solicitudes de USCIS local o emitir una notificación indicando que no se requieren datos biométricos. Si estos ya se proporcionaron a USCIS, la agencia puede utilizar los que conserva en su sistema y eximir el requisito de presentarlos con la Solicitud de Asilo I-589.

Etapa 4:

La Corte de Inmigración celebrará una Audiencia Maestra, en la cual por lo general se revisarán las alegaciones presentadas, o programará una audiencia final denominada Audiencia Individual. Los jueces de inmigración también pueden emitir órdenes adicionales previas al juicio que deben cumplirse para evitar que el reclamo sea desestimado.

Si una solicitud de asilo ha estado pendiente durante al menos 150 días desde la fecha de presentación indicada en la notificación de recibo y el solicitante no ha causado demoras, este puede presentar el Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo, para pedir permiso para trabajar en Estados Unidos.

Si se concede el asilo antes de que transcurra el período de espera de 150 días, la persona puede solicitar inmediatamente un Documento de Autorización de Empleo (EAD). Sin embargo, no se requiere una tarjeta EAD separada porque las personas asiladas están autorizadas por ley para trabajar en Estados Unidos.

Etapa 5:

Prepararse para la Audiencia Individual revisando y modificando, según sea necesario, el Formulario I-589, Solicitud de Asilo; revisando todos los documentos presentados; y presentando cualquier material adicional requerido o beneficioso para el caso. Practicar el testimonio y las respuestas a las preguntas anticipadas del abogado de la Oficina del Abogado Principal de ICE. La preparación adecuada es necesaria, y la cantidad y duración de las sesiones dependerá de las necesidades del caso y de la situación.

Etapa 6:

Asistir a la Audiencia Individual y presentar testimonio y documentación en respaldo del caso.

Etapa 7:

Notificación de la decisión. Por lo general, el juez de inmigración emite una decisión inmediatamente después del testimonio y la presentación de pruebas. La decisión normalmente debe ser una aprobación o una denegación que dará lugar a una orden de deportación/remoción.

Etapa 8:

Si el juez de inmigración no emite una aprobación, puede presentarse una apelación ante la Junta de Apelaciones de Inmigración dentro de los 30 días siguientes de la decición.

¿Ya Está ante la Corte de Inmigración?

Los plazos judiciales, los requisitos probatorios y la preparación para la audiencia pueden afectar su caso. Hable con un abogado experimentado en procedimientos de remoción. Llame al 617-523-6320 o programe en línea una consulta inicial con uno de nuestros abogados de litigios migratorios experimentados en Boston.

Preparación de un Testimonio Creíble y Coherente para la Entrevista de Asilo o la Audiencia Individual

La entrevista de asilo o la audiencia individual de asilo son aspectos fundamentales del proceso.

Durante la entrevista, un oficial de asilo evalúa la solicitud, la documentación de respaldo y el testimonio del solicitante.

Durante la audiencia final de asilo (Audiencia Individual), un juez de inmigración evalúa la solicitud, las pruebas de respaldo y el testimonio. Un fiscal de la Oficina del Abogado Principal de ICE puede contrainterrogar al solicitante para verificar si el reclamo cumple el estándar exigido por la Corte, y el gobierno puede presentar pruebas para demostrar que no corresponde conceder el asilo.

Los solicitantes deben estar preparados para hablar o testificar sobre lo siguiente:

  • Su pertenencia a un grupo que les permita calificar para asilo, por ejemplo, de carácter político, religioso, étnico, tribal, social o basado en la orientación sexual.
  • Sus actividades específicas y detalladas relacionadas con su pertenencia al grupo.
  • El daño grave que sufrieron o sufrirán debido a su pertenencia al grupo, con detalles sustanciales coherentes con los expedientes y las pruebas aportadas al caso.
  • Cómo el gobierno o un grupo que el gobierno no puede o no quiere controlar fue o será responsable de su persecución.
  • Por qué sería peligroso regresar a su país.
  • Las pruebas presentadas con la solicitud.

Una preparación cuidadosa puede garantizar la coherencia entre la solicitud escrita (el Formulario I-589 y cualquier declaración jurada), las pruebas de respaldo y el testimonio en la entrevista, lo cual influirá significativamente en el resultado del caso.

Trabajar con un abogado de asilo experimentado puede ayudar a los solicitantes a comprender qué esperar y prepararse adecuadamente para esta importante etapa del proceso.

¿Qué Sucede Después de que se Concede el Asilo?

Recibir asilo puede brindar una protección importante y la oportunidad de construir un futuro más seguro en Estados Unidos. Una persona a quien se concede asilo generalmente está autorizada para permanecer y trabajar en el país y puede ser elegible para beneficios migratorios adicionales.

Según las circunstancias de la persona, los pasos importantes después de la aprobación del asilo pueden incluir:

  • Trabajar legalmente en Estados Unidos. Una persona con asilo está autorizada para trabajar por su estatus de asilada y no necesita mantener un Documento de Autorización de Empleo separado, aunque puede optar por obtener uno como prueba de dicha autorización.
  • Solicitar beneficios de asilo derivados para familiares que califiquen. El asilado principal puede presentar el Formulario I-730 para un cónyuge o hijo soltero elegible que no haya recibido asilo derivado mediante la solicitud original.
  • Solicitar la residencia permanente legal. Una persona asilada puede ser elegible para solicitar una Green Card después de cumplir los requisitos aplicables de ajuste de estatus y completar un año de presencia física en Estados Unidos tras la concesión del asilo.
  • Considerar cuidadosamente los viajes internacionales. Las personas asiladas que necesiten viajar fuera de Estados Unidos deben determinar si requieren un Documento de Viaje para Refugiados y comprender las posibles consecuencias migratorias antes de salir del país. Regresar al país del que se solicitó asilo puede suscitar interrogantes importantes y debe consultarse con un abogado de inmigración antes de viajar.
  • Planificar la futura ciudadanía estadounidense. Después de obtener la residencia permanente legal y cumplir los requisitos de naturalización aplicables, una persona asilada podría llegar a ser elegible para solicitar la ciudadanía estadounidense.

Por lo tanto, obtener asilo no es necesariamente el final del proceso migratorio. Comprender los beneficios, responsabilidades, consideraciones de viaje y futuras opciones migratorias posteriores a la concesión del asilo puede ayudar a las personas asiladas a proteger su estatus y planificar sus próximos pasos en Estados Unidos.

¿Por Qué Elegir a FitzGerald Law Company para Su Caso de Asilo?

Solicitar asilo suele ser uno de los asuntos legales más importantes y profundamente personales que enfrentará una persona o familia. Los solicitantes pueden tener que hablar de experiencias traumáticas relacionadas con persecución, violencia, opresión política, discriminación, detención, amenazas o temor por su seguridad y la de sus seres queridos. También deben navegar leyes migratorias complejas, plazos estrictos, exigentes requisitos probatorios y procedimientos gubernamentales desconocidos.

FitzGerald Law Company tiene más de 30 años de experiencia migratoria con una representación personalizada, compasiva y estratégica. Nuestro enfoque incluye:

Estrategias de Asilo Personalizadas

No hay dos casos de asilo idénticos. Nos tomamos el tiempo para comprender las experiencias, el historial migratorio, las inquietudes, las pruebas disponibles y las metas a largo plazo de cada cliente antes de desarrollar una estrategia legal adaptada al caso.

Experiencia con Casos ante USCIS y la Corte de Inmigración

Nuestros abogados ayudan con solicitudes de asilo afirmativo, preparación para entrevistas de asilo de USCIS, reclamos de asilo defensivo y procedimientos relacionados ante la Corte de Inmigración. Esta experiencia nos permite evaluar no solo cómo preparar la solicitud inicial, sino también cómo podrían examinarse los hechos y las pruebas durante una entrevista o audiencia controvertida.

Preparación Detallada de Pruebas y Testimonio

Un caso de asilo convincente requiere más que una solicitud completa. Trabajamos con los clientes para organizar la documentación de respaldo, desarrollar declaraciones personales claras, preparar el testimonio, abordar inconsistencias y anticipar preguntas o desafíos legales que puedan surgir durante el proceso.

Un Equipo Multicultural y Multilingüe

Muchos integrantes de nuestro equipo han vivido personalmente el proceso migratorio o son estadounidenses de primera generación. Esta perspectiva nos ayuda a comprender la incertidumbre, la urgencia y las consecuencias emocionales que suelen acompañar un caso de asilo. Nos esforzamos por brindar una representación jurídicamente sólida y culturalmente sensible.

Comunicación Clara y Apoyo al Cliente

Explicamos el proceso legal, las posibles opciones, las responsabilidades del caso y los acontecimientos importantes para que los clientes puedan tomar decisiones informadas. Nuestra meta es que cada cliente se sienta escuchado, preparado, apoyado y respetado durante todo el proceso de asilo.

Defensa Estratégica y Perseverante

Mediante un análisis legal cuidadoso, resolución creativa de problemas, perseverancia y atención al detalle, trabajamos para identificar los argumentos disponibles más sólidos y presentar el caso de cada cliente de la forma más efectiva que permitan los hechos y la ley.

Nuestras historias exitosas y testimonios de clientes evidencian nuestro trabajo:

Las siguientes historias de exito de clients y testimonio son prueba de nuestra dedicación y experiencia:

Elegir un abogado de asilo es una decisión importante. Entre las consideraciones relevantes se encuentran la experiencia migratoria del abogado, su familiaridad con las pruebas de asilo y las condiciones de los países, sus métodos de preparación, su experiencia ante la Corte de Inmigración, sus prácticas de comunicación y su capacidad para explicar claramente las opciones legales y sus posibles consecuencias.

Para hablar sobre sus circunstancias con un abogado de asilo con un historial exitoso en Boston, Massachusetts, llame al 617-523-6320 o programe en línea una consulta confidencial.

¿Cuáles Son las Tarifas Gubernamentales de Presentación para un Caso de Asilo?

Los casos de inmigración por asilo requieren el pago de tarifas de presentación para los Formularios I-589 y una tarifa anual de solicitud de asilo, así como una tarifa por el Documento de Autorización de Empleo I-765 inicial, distinta de la tarifa de renovación o extensión del EAD. Las tarifas de presentación de USCIS cambian periódicamente, por lo que los solicitantes deben verificarlas antes de presentar cualquier petición o solicitud.

Las tarifas de presentación solo pueden pagarse electrónicamente, mediante tarjetas de crédito, tarjetas de débito o cheques electrónicos, y con la solicitud debe presentarse el formulario correspondiente al método de pago utilizado.

Nota: La Tarifa Anual de Asilo y las consecuencias por falta de pago están actualmente siendo sujetas a litigios activos, incluida una orden de un tribunal federal de Massachusetts de agosto de 2026. USCIS reabrió el portal de pagos para ciertos pagos vencidos mientras continúa el litigio. (USCIS)

¿Cuáles Son los Honorarios Legales para un Caso de Asilo?

Los honorarios legales varían según el tipo de caso, la complejidad de los hechos, la cantidad de solicitantes y si el asunto incluye cuestiones adicionales como procedimientos de remoción, denegaciones anteriores o antecedentes penales.

En FitzGerald Law Company ofrecemos planes de pago convenientes, somos transparentes con nuestros precios y publicamos nuestros honorarios legales de inmigración.

Qué Esperar Durante Su Consulta con Nuestros Abogados de Asilo

Una consulta confidencial es una oportunidad para obtener una evaluación legal inicial de sus circunstancias y saber cómo podrían ayudarle nuestros abogados de asilo.

Durante la consulta, nuestros abogados generalmente harán lo siguiente:

  • Revisarán su historial migratorio, incluido cómo y cuándo ingresó a Estados Unidos;
  • Hablarán sobre las experiencias o circunstancias que le hicieron abandonar su país o temer regresar;
  • Evaluarán si su situación puede cumplir los requisitos legales de asilo u otra forma de protección;
  • Revisarán el plazo de un año para presentar la solicitud de asilo y si debe considerarse una excepción;
  • Identificarán posibles fortalezas, desafíos o cuestiones legales que puedan afectar el caso;
  • Analizarán las pruebas que ya tiene y la documentación adicional que podría ser útil;
  • Explicarán si el caso puede tramitarse mediante el proceso de asilo afirmativo ante USCIS o como caso de asilo defensivo ante la Corte de Inmigración;
  • Describirán los posibles próximos pasos y cómo puede ayudar nuestro bufete; y
  • Responderán sus preguntas sobre el proceso de asilo y la representación legal.

La consulta también le permite determinar si el abogado y el bufete son adecuados para sus necesidades y si se siente cómodo trabajando con el equipo legal en un asunto que puede involucrar experiencias muy personales y sensibles.

Al finalizar la consulta, los posibles clientes deben comprender con mayor claridad las cuestiones legales que podrían surgir, las opciones disponibles, los próximos pasos previstos y qué esperar antes de decidir si desean avanzar.

Programe una Consulta con un Abogado de Asilo Experimentado

Durante más de 30 años, nuestros abogados de inmigración y asilo estratégicos y compasivos han ayudado a solicitantes de asilo a comprender sus opciones legales y requisitos de elegibilidad, y a preparar solicitudes convincentes adaptadas a sus experiencias, pruebas, historial migratorio y metas.

Como bufete multicultural y multilingüe, muchos integrantes de nuestro equipo han vivido personalmente el proceso de inmigración a Estados Unidos; por eso comprendemos su situación y estamos personalmente comprometidos con su éxito. Si tiene preguntas sobre elegibilidad para asilo, el proceso de asilo o la representación legal, llame al (617) 523-6320 o programe en línea una consulta con un abogado de asilo experimentado.

Actualizaciones Importantes de 2026 sobre el Proceso y las Tarifas de Asilo en Estados Unidos

El proceso de asilo en Estados Unidos ha experimentado varios cambios importantes de procedimiento y tarifas en 2026. Los solicitantes deben comprender estos requisitos porque pueden afectar la preparación de la solicitud, si se realizará una entrevista de asilo de USCIS, cuándo deben presentarse las pruebas de respaldo, la participación del abogado en una entrevista y las tarifas asociadas con un caso de asilo pendiente.

USCIS Puede Remitir Ciertos Casos de Asilo a la Corte de Inmigración Sin Entrevista

A partir del 28 de julio de 2026, USCIS puede remitir ciertas solicitudes de asilo afirmativo directamente a un juez de inmigración sin realizar primero una entrevista de asilo por USCIS.

Esto representa un cambio importante respecto a la práctica de larga data de USCIS de entrevistar generalmente a los solicitantes de asilo afirmativo antes de tomar una decisión o remitir el caso a la Corte de Inmigración.

USCIS puede considerar una remisión sin entrevista cuando su revisión de la solicitud y las pruebas de respaldo indique que el solicitante podría estar sujeto a una prohibición para solicitar o recibir asilo, no calificar según la base de la petición o no ameritar asilo como cuestión discrecional.

USCIS continuará realizando una entrevista antes de aprobar o denegar una solicitud de asilo afirmativo. La agencia también conserva la facultad de programar una entrevista cuando un oficial de asilo determine que es necesaria.

Qué significa esto para los solicitantes de asilo: Un Formulario I-589 bien preparado y pruebas de respaldo sólidas son ahora aún más importantes. Los solicitantes no deben suponer que siempre tendrán una entrevista de USCIS antes de que su caso pueda remitirse a la Corte de Inmigración. La solicitud escrita y las pruebas deben presentar clara y exhaustivamente el fundamento de la petición de asilo desde el principio.

Las Pruebas de Respaldo Deben Presentarse Antes de la Entrevista de Asilo de USCIS

USCIS ahora exige que las pruebas documentales que respaldan una solicitud de asilo afirmativo se presenten al menos 14 días calendario antes de la entrevista de asilo programada.

Presentar pruebas tarde puede crear problemas serios. USCIS puede negarse a incorporar a la solicitud las pruebas tardías o reprogramar la entrevista de asilo. Una demora causada por el solicitante también puede afectar la elegibilidad para un Documento de Autorización de Empleo (EAD) basado en asilo.

Por lo tanto, los solicitantes deben reunir las pruebas mucho antes de recibir una notificación de entrevista. Estas pueden incluir declaraciones personales, testimonios de testigos, expedientes médicos o policiales, fotografías, pruebas de actividades políticas, religiosas, sociales u otras pertinentes, y evidencia confiable que documente las condiciones del país del solicitante.

Por lo General, los Abogados Deben Asistir en Persona a las Entrevistas de Asilo de USCIS

A partir del 18 de mayo de 2026, USCIS ya no permite generalmente que abogados y representantes acreditados participen de forma remota en entrevistas de asilo afirmativo, salvo en circunstancias limitadas.

Un abogado que represente a un solicitante en una entrevista de asilo afirmativo de USCIS debe ahora, por lo general, estar físicamente presente en la oficina de asilo.

Para los solicitantes de asilo en Massachusetts, trabajar con un abogado de asilo en Boston que pueda preparar al solicitante para la entrevista y asistir en persona puede brindar continuidad entre la preparación del caso y la representación en esta importante etapa del proceso.

Se Aplican Nuevas Tarifas de Presentación y Tarifas Anuales de Asilo

Los solicitantes de asilo también deben conocer los cambios importantes en las tarifas gubernamentales de presentación.

Para el año fiscal 2026, el gobierno generalmente exige una tarifa de presentación para un nuevo Formulario I-589, Solicitud de Asilo y Suspensión de Remoción. Además, ciertas solicitudes de asilo que permanecen pendientes están sujetas a una Tarifa Anual de Asilo.

También pueden aplicarse tarifas gubernamentales separadas cuando un solicitante de asilo pide o renueva una autorización de empleo.

Las reglas sobre la Tarifa Anual de Asilo han sido objeto de litigios federales en curso. En agosto de 2026, un tribunal federal de Massachusetts restringió temporalmente a USCIS la aplicación de ciertas consecuencias por no pagar la Tarifa Anual de Asilo, y USCIS reabrió su portal de pagos para determinados solicitantes con pagos pendientes.

Debido a que las tarifas de asilo, los requisitos de pago y los litigios relacionados pueden cambiar, los solicitantes deben revisar cuidadosamente sus notificaciones de USCIS o de la Corte de Inmigración y verificar los requisitos vigentes aplicables a su caso antes de presentar una solicitud o efectuar un pago.

Por Qué los Cambios de Asilo de 2026 Hacen Importante la Preparación Temprana del Caso

Los cambios de 2026 hacen cada vez más importante preparar cuidadosamente un caso de asilo desde el principio. En algunos casos, un solicitante puede no recibir una entrevista de USCIS antes de que el caso se remita a la Corte de Inmigración; las pruebas de respaldo están sujetas a plazos específicos de presentación; y el incumplimiento de requisitos procesales o de pago puede causar complicaciones adicionales.

Un abogado de asilo experimentado le puede ayudar a evaluar su elegibilidad y posibles prohibiciones de asilo, preparar el Formulario I-589 y las pruebas de respaldo, controlar los plazos y requisitos procesales aplicables, prepararlo para testificar y brindarle representación ante USCIS o la Corte de Inmigración cuando sea necesario.

Los procedimientos de asilo están cambiando rápidamente. Si está considerando solicitar asilo o ya tiene una solicitud pendiente, llame al 617-523-6320 o programe una consulta confidencial con uno de nuestros abogados de asilo en Boston altamente calificados para hablar sobre cómo las reglas actuales pueden afectar su caso.

Preguntas Frecuentes

¿Qué Es el Asilo Humanitario?

El asilo humanitario puede concederse a una persona que pertenece a un grupo específico y que fue perseguida por esa pertenencia, pero que no puede demostrar persecución futura, si existen “razones de peso” debido a la gravedad del daño pasado o una “posibilidad razonable” de que “sufra otro daño grave al ser removida a ese país”. (Véase Sebastian-Sebastian v. Garland, 87 F.4th 838 (2023)).

¿Cuál Es la Duración del Asilo en Estados Unidos?

El estatus de asilo en Estados Unidos puede mantenerse indefinidamente, a diferencia de muchos beneficios migratorios temporales. Esta protección a largo plazo es uno de los beneficios signifcantes disponibles para quienes obtienen asilo. Adicionalmente después de un año una persona asilada puede solicitar el estatus de residente permanente legal.

¿Es Necesario Renovar el Asilo?

El estatus de asilo no necesita renovarse.

Aunque una persona asilada puede solicitar autorización de empleo y renovarla hasta seis meses antes de su vencimiento, si lo desea, no está obligada a poseer un documento de autorización de empleo, ya que la ley le concede permiso para trabajar en Estados Unidos.

Debido a que el estatus de asilo puede continuar indefinidamente, muchas personas asiladas logran estabilidad a largo plazo para sí mismas y sus familias mientras buscan futuros beneficios migratorios.

¿Puedo Solicitar Asilo Después de Un Año?

Posiblemente. Aunque por lo general una solicitud de asilo debe presentarse dentro del año siguiente a la última llegada del solicitante a Estados Unidos, circunstancias modificadas, circunstancias extraordinarias u otras excepciones pueden permitir una presentación posterior.

¿Qué Son las Prohibiciones de Asilo?

Cumplir los requisitos básicos de asilo no siempre significa que un solicitante pueda recibir protección. La ley de inmigración de Estados Unidos contiene varias restricciones, conocidas comúnmente como prohibiciones de asilo, que pueden impedir que una persona solicite asilo o que este le sea concedido.

Una posible prohibición puede surgir por circunstancias como el incumplimiento del plazo de presentación, una denegación de asilo anteriormente, residencia o estatus legal en otro país, conducta delictiva, participación en la persecución de otras personas o ciertas inquietudes relacionadas con la seguridad nacional o el terrorismo.

Es importante señalar que no todo problema vuelve automáticamente inelegible a una persona. Algunas prohibiciones tienen excepciones, y determinar si una prohibición concreta se aplica puede requerir una revisión detallada del historial migratorio y penal del solicitante, sus viajes y residencia en otros países, solicitudes de asilo anteriores y circunstancias individuales.

¿Qué Es una Entrevista de Asilo?

Una entrevista de asilo es una reunión con un oficial de asilo de USCIS que revisa la petición, las pruebas de respaldo y el testimonio del solicitante para determinar su elegibilidad para protección de asilo.

¿Puedo Obtener un Permiso de Trabajo por Asilo?

Muchos solicitantes con peticiones de asilo pendientes pueden ser elegibles para pedir un permiso de trabajo por asilo (Documento de Autorización de Empleo- EAD por sus siglas en Inglés) después de que su caso lleve 150 días pendiente, sujetos a las regulaciones migratorias y los requisitos de elegibilidad.

¿Qué Es la Suspensión de Remoción?

La suspensión de remoción es una forma de protección que puede impedir que el gobierno de Estados Unidos remueva a una persona a un país donde sea más probable a que no, que su vida o libertad se vean amenazadas por su raza, religión, nacionalidad, opinión política o pertenencia a un grupo social particular.

La suspensión de remoción es diferente del asilo. Por lo general, exige un estándar probatorio más alto y ofrece menos beneficios migratorios. La persona a quien se concede queda protegida contra su devolución al país donde enfrenta la amenaza que califica, pero podría ser removida a otro país donde no corra ese peligro.

A diferencia del asilo, la suspensión de remoción no ofrece una vía directa a la Green Card, y un cónyuge o hijo no puede recibir estatus derivado por la concesión de suspensión a otro familiar. Sin embargo, puede brindar protección esencial a quien no califica para asilo pero enfrentaría persecución si regresara a un país determinado.

Un abogado de inmigración experimentado puede evaluar si el asilo, la suspensión de remoción u otra forma de protección puede aplicarse a sus circunstancias.

¿Qué Es la Protección Bajo la Convención contra la Tortura (CAT)?

La protección bajo la Convención contra la Tortura, comúnmente denominada protección CAT, puede impedir que una persona sea removida a un país donde sea más probable a que no, que la torturen.

CAT difiere del asilo y la suspensión de remoción de una manera importante: el solicitante no tiene que demostrar que la tortura temida ocurriría debido a raza, religión, nacionalidad, opinión política o pertenencia a un grupo social particular. En cambio, debe demostrar la probabilidad exigida de tortura y la intervención, consentimiento o aquiescencia necesaria de un funcionario público u otra persona que actúe en calidad oficial.

Por lo tanto, la protección CAT puede ser especialmente importante para personas que enfrentan un riesgo extremo de daño, pero no pueden cumplir los requisitos de vínculo con un motivo protegido del asilo o la suspensión de remoción.

Según las circunstancias, la protección CAT puede adoptar la forma de suspensión o aplazamiento de la remoción. Al igual que la suspensión de remoción, CAT no ofrece por sí misma una vía directa a la residencia permanente legal ni estatus migratorio derivado para familiares.

¿Cuál Es la Diferencia entre el Asilo y el Estatus de Refugiado?

La principal diferencia entre el asilo y el estatus de refugiado es dónde se encuentra la persona cuando busca protección. Ambas formas de protección generalmente incluyen a personas que cumplen la definición legal de refugiado porque han sufrido persecución o tienen un temor fundado de persecución por raza, religión, nacionalidad, opinión política o pertenencia a un grupo social particular.

Una persona que solicita asilo generalmente lo hace mientras se encuentra físicamente en Estados Unidos o al llegar al país. En cambio, una persona que busca admisión a Estados Unidos como refugiado normalmente pasa por el proceso de refugiados mientras se encuentra fuera de Estados Unidos.

Por lo tanto, los procedimientos de solicitud son diferentes aunque ambas protecciones se basen en la misma definición subyacente de refugiado. Una persona que ya se encuentra en Estados Unidos y teme regresar a su país generalmente exploraría el asilo en lugar de solicitar admisión mediante el programa de refugiados en el extranjero.

¿Puedo Solicitar Asilo Si Ingresé a Estados Unidos Sin Visa o Excedí la Estadía Autorizada por Mi Visa?

Sí. Ingresar a Estados Unidos sin visa o exceder la estadía autorizada no impide, por sí solo, solicitar asilo. Por lo general, una persona físicamente presente en Estados Unidos o que llega al país puede solicitar asilo, sujeta a los requisitos de elegibilidad y restricciones legales aplicables.

Por ejemplo, una persona que ingresó con visa de turista, estudiante u otra visa temporal y luego excedió su estadía todavía puede solicitar asilo. Del mismo modo, una persona que ingresó sin ser admitida o inspeccionada podría solicitarlo.

Sin embargo, que se permita solicitar asilo no significa que la solicitud será aprobada. El solicitante todavía debe demostrar elegibilidad, incluida la conexión requerida entre la persecución y un motivo protegido, y no debe estar sujeto a una prohibición aplicable.

El plazo de un año para presentar la solicitud de asilo es especialmente importante. Por lo general, el solicitante debe presentar el Formulario I-589 dentro del año siguiente a su última llegada a Estados Unidos, salvo que califique para una excepción reconocida basada en circunstancias modificadas o extraordinarias.

La forma de ingreso, el historial migratorio, las órdenes de remoción anteriores, los antecedentes penales, solicitudes de asilo previas y otras circunstancias también pueden afectar la manera en que se tramita un caso. Un abogado de asilo experimentado puede revisar el historial migratorio completo y determinar qué opciones y posibles riesgos deben considerarse antes de presentar la solicitud.

¿Qué Sucede Si Mi Solicitud de Asilo Es Negada?

Si USCIS emite una decisión negativa sobre la petición de asilo, el caso puede remitirse a un juez de inmigración ante la Corte de Inmigración para su revisión en un procedimiento de deportación/remoción.

¿Puedo Apelar si me Niegan el Asilo?

Sí, una denegación de asilo puede apelarse. Existen tres niveles generales de revisión de una decisión negative de asilo:

  1. Cuando USCIS remite el caso a la Corte de Inmigración, la Corte revisa la decisión de USCIS;
  2. La decisión del juez de inmigración puede apelarse mediante la presentación del Formulario EOIR-26 ante la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA por sus siglas en Inglés);
  3. La decisión de la BIA puede apelarse ante una Corte de Apelaciones de Circuito de Estados Unidos con jurisdicción sobre la ubicación de la Corte de Inmigración.

¿Necesito un Abogado de Asilo?

No está obligado a contratar un abogado. Sin embargo, la ley de asilo es compleja y muchos solicitantes se benefician al trabajar con un abogado de asilo experimentado que pueda ayudarles a preparar pruebas, completar solicitudes sólidas, prepararse para entrevistas y representarlos durante todo el proceso.

Testimonios

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