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L-1- Visa Para Transferencia Intra-Compañía

Descripción

Existen dos clases de visa L-1:

  1. L-1 A—para empleados en una posición ejecutiva o gerencial, y
  2. L-1 B—para empleados con capacidades y conocimientos especializados

La visa L-1 es una visa de trabajo de no-inmigrante para empleados con conocimientos y capacidades especializadas o en una posición ejecutiva o gerencial, los cuales serán transferidos de una compañía extranjera a una subsidiaria, sucursal, afiliada o matriz en los Estados Unidos. No existe un límite para el número de visas L-1 que el Departamento de Inmigración asigna por año y la compañía solicitante no tiene que obtener una aprobación del salario predominante ni radicar documentación con el Departamento Nacional de Trabajo.

Los extranjeros bajo la visa L-1 pueden poseer doble intento migratorio y les es permitido al mismo tiempo de solicitar esta visa, aplicar para una residencia permanente. Los extranjeros aplicando para la visa  L-1 A, no necesitan pasar por el proceso de certificación de trabajo, mientras que a los extranjeros solicitando la visa L-1 B si se les requiere hacerlo.

Actualmente existe una opción de proceso “premium” o agilizado, el cual por un cargo adicional de $1,000.00, el Servicio de Inmigración de Estados Unidos, se compromete a procesar la solicitud en 15 días hábiles a partir de la fecha en que la solicitud fue recibida. El procesar la solicitud, no significa que necesariamente se tome una decisión final en 15 días, pero si que se dará una respuesta durante este tiempo.  Esta respuesta puede ser no solamente una aprobación o negación de la visa, sino también una solicitud de información adicional sobre el beneficiario (empleado) o el solicitante (empleador). Pulse aquí para mas información sobre el proceso “premium” o agilizado.

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¿Quién es Elegible?

Empelados que estén siendo transferidos de una compañía extranjera, subsidiaria, sucursal, afiliada o matriz de una compañía Americana:

  • Que tengan un conocimiento y capacidad especializados o una posición ejecutiva o gerencial y
  • Que hayan sido empleados por lo menos 1 año continuo durante los últimos 3 años, con la compañía extranjera subsidiaria, sucursal, afiliada o matriz de la compañía Americana que esta aplicando por ellos.

Duración de la Visa

Las visas L-1 pueden ser otorgadas por un periodo inicial hasta de 3 años. La visa L-1 A puede ser renovada por un máximo de 7 años y la L-1B por un máximo de 5 años. Cualquier tiempo que el extranjero pase bajo una visa H-1 cuenta hacia ese máximo permitido para la visa L-1.


Sin embargo, para los extranjeros bajo la visa L-1 A, si después del periodo de 7 años, el empleado reside por lo menos un año completo en el exterior, la cuenta comienza de nuevo y se le otorgarían otros 7 años bajo el estatus de L-1 A. No existe tiempo límite para extranjeros que residan intermitentemente en los Estados Unidos, o por un total agregado de 6 meses o menos por año.

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Renovación

Esta visa puede ser extendida desde su periodo inicial de 3 años, en términos de periodos de 2 años hasta un máximo de 7 años para los extranjeros de visa L-1 A, o 5 años máximo para los extranjeros de visa L-1 B.

Beneficios para la Familia

Al cónyuge y los hijos menores de 21 años y solteros del beneficiario de la visa L-1, se les permite entrar a los Estados Unidos como dependes de la visa L-1, bajo la visa L-2.  Con esta visa, los dependes pueden vivir y estudiar legalmente en los Estados Unidos sin permisos adicionales, y el/la esposo/a puede obtener un permiso de trabajo. 

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¿Qué Documentos Necesito?

Todos los documentos deben presentarse al Servicio de Inmigración de Estados Unidos con su traducción en Ingles.  Es mas económico y recomendable para nuestros clientes que traigan a nuestra oficina estos documentos traducidos.

Información sobre la compañía solicitante:

  • Documentación sobre la constitución (registro de la empresa como corporación, sociedad, compania limitada, etc.) de la compañía extranjera y la compañía Americana afiliada
  • Folletos, catálogos, o reporte anual de las compañías con descripciones y direcciones
  • Número de empleados de las compañías matriz y afiliada
  • Estados financieros de las compañías extranjera y afiliada Americana
  • Documentación mostrando evidencia de conexión entre las compañías afiliadas
  • Cartas de apoyo del empleador
  • Título del extranjero, descripción detallada de la posición con las calificaciones o conocimientos especiales necesarios para la posición
  • Salario y beneficios ofrecidos
  • Nombre y título de la persona quien firmará la petición

Información del empleado extranjero:

  • Copia del pasaporte del extranjero y sus familiares dependientes
  • Copia de la visa Americana y el formulario I-94 del extranjero y sus dependientes (si estos se encuentran dentro de los Estados Unidos)
  • Hoja de vida e historia laboral del extranjero
  • Diplomas, certificados y notas oficiales del extranjero
  • Extractos de sueldo y declaraciones de impuestos del beneficiario extranjero mostrando al menos un año de empleo, dentro de los últimos 3 años, con la compañía afiliada extranjera.
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¿Cómo es el Proceso?

Primera Etapa:

Obtener la documentación descrita anteriormente como evidencia para la petición.

También podemos ayudar a empresas pequeñas a establecer una compañía afiliada en los Estados Unidos si es necesario, incluyendo los siguientes pasos:

  • Solicitud con la Secretaria de Estado
  • Solicitud con el IRS para el número de identificación de impuestos

Segunda Etapa:

Preparar y radicar la petición con el Servicio de Inmigración de Estados Unidos junto con los cargos del Servicio de Inmigración de Estados Unidos para el formulario I-129

Tercera Etapa:

Obtener la aprobación del Servicio de Inmigración de Estados Unidos para la petición – El tiempo del procesamiento de la petición por el Servicio de Inmigración de Estados Unidos es aproximadamente entre 30 a 90 días, dependiendo del volumen de casos siendo procesados por el centro de servicio de Inmigración de Estados Unidos en la localidad correspondiente. 

El Servicio de Inmigración de Estados Unidos también puede mandar una notificación requiriendo mayor documentación o evidencia para sustentar la solicitud.  En este caso, trabajaremos con el cliente pare suministrar información adicional al Servicio de Inmigración de Estados Unidos, junto con su analisis y argumentación legal.  Este último caso alargaría el proceso y puede incrementar su costo dependiendo del trabajo adicional requerido.

(Nota: El Congreso ha ordenado al Servicio de Inmigración de Estados Unidos a establecer un proceso para revisar y realizar determinaciones sobre las aplicaciones L de no-inmigrantes, dentro de 30 días después de la fecha en que la aplicación ha sido radicada, no obstante, el Servicio de Inmigración de Estados Unidos raramente puede cumplir con este requisito).

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¿Cuáles son los Costos de las solicitudes de Inmigración de Estados Unidos?

Los cargos oficiales del Servicio de Inmigración de Estados Unidos correspondientes al formulario I-129, más $1,000.00 si se desea solicitar el procesamiento agilizado o “premium” (pulse aquí para verificar los cargos del INS para los diferentes formularios, ya que estos cambian periódicamente).

http://www.uscis.gov/forms
http://www.uscis.gov/files/nativedocuments/G-1055.pdf

¿Cuáles son los Honorarios Legales?

Pulse aquí para aprender más sobre nuestra estructura de honorarios
Pulse aquí si a usted le gustaría venir para una consulta inicial gratis

¿Dónde Puedo Obtener Más Información?

Información del Departamento de Estado y el Servicio de Inmigración de Estados Unidos sobre visas para trabajadores temporales:
http://travel.state.gov/visa/temp/types/types_1272.html
http://uscis.gov/graphics/services/tempbenefits/TempWorker.htm

Procesamiento agilizado o "premium" para visas L:
http://www.uscis.gov/portal/site/uscis/menuitem.5af9bb95919f35e66f61417654
3f6d1a/?vgnextoid=ebaf0c594dafd010VgnVCM1000000ecd190aRCRD&vgnextch
annel=54519c7755cb9010VgnVCM10000045f3d6a1RCRD

Servicio de visas del Departamento de Estado:
http://travel.state.gov/visa/visa_1750.html

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Los Candidatos Presidenciales De Los Eeuu Del 2008 Y Sus Posiciones En Cuanto A Una Reforma Nacional De Inmigración

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Estando localizados en Boston, Massachusetts, podemos procesar desde aquí la mayoría de peticiones de inmigración a los Estados Unidos, sin importar donde usted viva o donde usted piensa radicarse en los Estados Unidos.
 
Negación: La información contenida en este sitio Web es general en su naturaleza y sujeta a cambios en cualquier momento. Como tal, no se aplica a todas las situaciones. Por lo tanto, no se debe considerar como consejo legal bajo ninguna circumstancia. Por favor asegúrese de consultar a un abogado respecto a su situación específica antes de comenzar un proceso legal.