Asilo
Descripción
Estatus de inmigración solicitado por personas al entrar o que se encuentran ya en los Estados Unidos, quienes poseen “temor razonable” de persecución por raza, religión, nacionalidad, o por pertenecer a un grupo social o de opinión política particular, si son forzados a regresar a su último país de residencia.
¿Quién
es Elegible?
Extranjeros quienes han permanecido en los Estados Unidos por menos de un ano y forman parte de una “clase” elegible para asilo (e.j. partido político, raza, religión, genero, orientación sexual, grupo social, etc. que son perseguidos).
Duración
de la Visa
El estatus de asilo puede mantenerse indefinidamente. Sin embargo, el permiso de trabajo debe renovarse cada ano.
Renovación
Una
vez obtenido el asilo no es necesario renovarlo.
El estatus de asilo se puede mantener indefinidamente.
Sin embargo, la autorización de trabajo
se debe renovar cada año.
Beneficios
para la Familia
Los miembros inmediatos de familia pueden ser elegibles para el estatus de asilo con todos sus beneficios, tales como permiso de trabajo; siempre y cuando hayan sido mencionados en la aplicación de asilo, aún si no están presentes en los Estados Unidos en el momento de radicar la aplicación.
¿Qué Documentos Necesito?
Documentación de apoyo del solicitante para la petición de Asilo:
- Certificado de nacimiento del extranjero u otra forma de identificación
- Certificado de matrimonio(si solicita con cónyuge)
- Copia del pasaporte e I-94 para todos los solicitantes (si el extranjero ya se encuentra en los Estados Unidos)
- 3 fotos tamaño pasaporte con fondo blanco para cada solicitante
- Evidencia de relación si solicita con niños menores de 21 años de edad (certificado de nacimiento de los niños, expediente académico, etc.)
- Declaración juramentada del cliente describiendo los problemas que ellos han tenido en su país de origen y por qué no pueden regresar allí
Documentación de terceros soportando la petición de Asilo:
- Artículos de periódicos soportando la persecución de la “clase” elegible para asilo
- Actas de fallecimiento de miembros de familia y otros miembros de la “clase”
- Expedientes médicos mostrando abuso de los solicitantes, sus familiares u otros miembros de la “clase”
- Reportes de la policía como prueba de violencia hacia los solicitantes, sus familiares u otros miembros de la “clase”
- Reportes del Departamento Americano de Estado sobre el país del solicitante
- Reporte de los Derechos Humanos confirmando la situación del país del solicitante
- Prueba de membresía en la “clase” elegible para asilo en el país de origen del solicitante (e.j. si solicita asilo político-documentos mostrando actual vinculo al partido perseguido; si solicita asilo religioso-documentos mostrando actual vínculo con el grupo religioso perseguido, etc).
- Otros documentos que demuestren persecución de la “clase” elegible para asilo en el país de su última residencia.
¿Cómo
es el Proceso?
Primera Etapa:
Recolectar la información sobre el solicitante y toda la documentación de apoyo para la aplicación—el tiempo requerido depende de la habilidad del cliente para obtener la documentación en un tiempo razonable y el nivel de su envolvimiento.
Segunda Etapa:
Completar y radicar la solicitud de asilo (1-589)—Aproximadamente de 15 a 20 días a partir de la fecha en que toda la documentación es recibida por nuestra oficina. Una notificación de recibo del Servicio de Inmigración de Estados Unidos será recibida aproximadamente en 30 a 60 días a partir de la fecha de radicación
Tercera Etapa:
El Servicio de Inmigración de Estados Unidos enviará una citación para una entrevista con el solicitante (por lo general la fecha de la entrevista la dan entre 30 a 900 días a partir de la fecha anotada en la notificación de recibo--el tiempo de espera depende de las vacantes en el calendario de la oficina local del Servicio de Inmigración de Estados Unidos encargada de hacer la entrevista)
Cuarta Etapa:
Preparar al extranjero para la entrevista frente al Servicio de Inmigración de Estados Unidos y asistir a la entrevista-el numero de sesiones de preparación y el tiempo requerido depende del progreso del cliente y su nivel de comodidad con las preguntas y respuestas.
Nota: Si el Servicio de Inmigración
de Estados Unidos no ha tomado una decisión
final en cuanto al caso de asilo antes de 150
días de la fecha anotada en la notificación
de recibo de la petición, prepararemos
y radicaremos una aplicación para permiso
de trabajo. Esta es generalmente otorgada en alrededor
de 90 días después de su radicación.
Si la petición de asilo es otorgada antes
de los 150 días, la aplicación por
el permiso de trabajo puede ser radicada inmediatamente.
Si el Servicio de Inmigración de Estados
Unidos toma una decisión negativa en cuanto
al caso, la petición puede ser llevada
ante la corte de inmigración para una determinación.
Esto requiere otro proceso y mayor tiempo incurrido
en el caso.
¿Cuáles
son los Costos del Servicio de Inmigración
de Estados Unidos?
No hay
cargos de solicitud para peticiones de asilo (Formulario
I-589)
(Pulse aquí para verificar los honorarios
ya que estos cambian regularmente)
http://www.uscis.gov/forms
http://www.uscis.gov/files/nativedocuments/G-1055.pdf
¿Cuáles
don los Honorarios Legales?
Pulse aquí para aprender mas sobre nuestra estructura de honorarios
Pulse aquí si a usted le gustaría venir para una consulta inicial gratis
¿Dónde
Puedo Obtener Más Información?
Información general del Servicio de Inmigración de Estados Unidos sobre solicitud de asilo:
http://www.uscis.gov/portal/site/uscis/menuitem.5af9bb95919f35e66f614
176543f6d1a/?vgnextoid=020a96981298d010VgnVCM10000048f3d6a1RCRD
&vgnextchannel=c9b4ef4c766fd010VgnVCM1000000ecd190aRCRD
Definición de “refugiado” de acuerdo al Acta de Inmigración y Nacionalidad:
http://www.uscis.gov/portal/site/uscis/menuitem.5af9bb95919f35e66f614
176543f6d1a/?vgnextoid=020a96981298d010VgnVCM10000048f3d6a1RCRD
&vgnextchannel=c9b4ef4c766fd010VgnVCM1000000ecd190aRCRD
Proceso de asilo del Servicio de Inmigración de Estados Unidos:
http://uscis.gov/graphics/services/asylum/flowchart.htm
Preguntas frecuentes al Servicio de Inmigración de Estados Unidos sobre la solicitud de asilo:
http://www.uscis.gov/portal/site/uscis/menuitem.5af9bb95919f35e66f614
176543f6d1a/?vgnextoid=020a96981298d010VgnVCM10000048f3d6a1RCRD
&vgnextchannel=c9b4ef4c766fd010VgnVCM1000000ecd190aRCRD
Información sobre ayuda para asilados del Comité Internacional de Rescate:
http://www.theirc.org/index.cfm
|